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A. NEGRE
Jueves, 7 de abril 2016, 13:23
«Un típico pueblo andaluz con un nivel de acabado, detalles y calidad sin precedentes hasta la fecha. En el Town Center de El Valle Golf Resort encontrará infinidad de servicios que le harán sentirse un privilegiado». De esta manera publicitaba la promotora Polaris World una de sus urbanizaciones más exclusivas, en la pedanía murciana de Baños y Mendigo. Una propaganda que, considera el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Murcia, incumplió, al menos en parte, y que le obligará a devolver entre el 10% y el 15% del valor de sus casas a más de 220 vecinos.
El quid de la cuestión está en el 'town center' que la promotora, que entró en concurso voluntario de acreedores en el año 2013, anunciaba en la propaganda de este residencial de lujo. Más de 220 compradores de la urbanización -muchos de ellos representados por el despacho López Gómez Abogados S.L. (www.lgabogados.es)- presentaron una demanda ante el citado juzgado explicando que algunas de las promesas que Polaris puso encima de la mesa en torno a ese 'town center' no se habían cumplido.
Los afectados, la mayoría de los cuales compraron su vivienda en 2007, se referían a un hotel de cinco estrellas, entre otros diversos servicios. Un «incumplimiento definitivo», explicaban, «que supone un demérito de valor de sus viviendas» y «una merma considerable del grado de bienestar o nivel superior de calidad de vida que era de esperar». La empresa alegó, ante estas acusaciones, que la exclusividad del 'resort' no descansaba en la construcción del hotel de cinco estrellas, ni en la cantidad de servicios, sino en la menor densidad de población (688 viviendas en 1.100.000 metros cuadrados), la alta calidad de los materiales... Además, aunque reconocía que ese hotel no se había puesto en marcha por la inviabilidad del proyecto, remarcaba que sí se había llevado a término un campo de golf de 18 hoyos y una casa club.
Un 'town center' a medio gas
Ante estas posturas, la magistrada asegura que, a tenor de la prueba practicada, «ha de considerarse objetivado e incontestable que el referido 'town center', en los términos en los que fue concebido, diseñado y mostrado a sus clientes en su campaña publicitaria, no ha sido ejecutado». La juez aclara, en su resolución, que «la no ejecución de dicho espacio físico tal y como se dio a conocer a los compradores no supone un incumplimiento total, ni que todos los servicios que iban a ser ofertados en el 'town center' no hayan tenido lugar». Concretamente, explica, se llegó a edificar la casa club, dos de las cuatro pistas deportivas proyectadas, una oferta de servicio de mantenimiento de los inmuebles y un servicio de autobús, pero se dejó en el tintero, además del hotel, una piscina climatizada, un 'spa', una guardería y la puesta a disposición de cajeros automáticos las veinticuatro horas del día.
Ante este incumplimiento, la justicia obliga a Polaris a devolver a estos más de 220 vecinos el 10% del valor total de lo que abonaron por sus viviendas -más intereses-. En el caso de aquellos residentes en viviendas «totalmente expuestas» -esto es, que se encuentren junto a algunos de los solares no construidos- el porcentaje se eleva al 15%.
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