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Augusto Morales.
La Audiencia avala declaraciones del 'caso Visser' pese a que no se escuchan

La Audiencia avala declaraciones del 'caso Visser' pese a que no se escuchan

El magistrado dice que los problemas de audición no causan indefensión material, pues perjudican por igual a las acusaciones y a las defensas

Ricardo Fernández

Miércoles, 28 de octubre 2015, 01:45

El saludo de Papá Pitufo que el otro día se escuchó en la sala de vistas de la Audiencia, cuando el magistrado Augusto Morales y todos los representantes de las acusaciones y defensas trataban de oír las declaraciones del 'caso Visser', no será la mayor de las sorpresas que puedan producirse cuando se inicie el juicio por el asesinato de los holandeses Ingrid Visser y Lodewikj Severein. Habrá que estar preparado para todo: para lo bueno, para lo malo y, probablemente, hasta para lo peor.

No en vano, el magistrado de la Audiencia Provincial Augusto Morales ha eludido declarar la nulidad de siete declaraciones sumariales de imputados y testigos de la causa, pese a reconocer que hay importantes lagunas en las grabaciones que impiden que se escuche o se entienda lo que manifestaron en su momento.

Morales admite que ello constituye «ciertamente un inconveniente o molestia importante» y confirma que existe una indefensión formal, aunque rechaza que haya también una indefensión material. Para apoyar esa consideración, señala que todas las partes, acusaciones y defensas, van a encontrarse igualmente perjudicados de cara a la vista oral, «ya que ninguno puede conocer de antemano qué es lo que ha explicado ante la juez de instrucción ese acusado, imputado o testigos en particular».

La consecuencia previsible de esas deficiencias es que «pueden traer consigo que se produzcan manifestaciones sorpresivas o inéditas en el mismo acto del juicio», ya que hay tramos de las grabaciones, de hasta cinco y seis minutos de duración, en los que no se escucha absolutamente nada.

Pese a todo eso, el magistrado considera que no hay razones para declarar la nulidad de las declaraciones tomadas en su día ni para retrotraer las diligencias a la fecha en que se cometieron los fallos. «La prueba relevante, la única válida, es la que se practica en el acto del juicio», recuerda.

Habrá que ver en el futuro qué dice al respecto el Tribunal Supremo, o el Tribunal Constitucional, porque todo apunta a que serán éstas las instancias en las que el asunto acabará desembocando. Sobre todo teniendo en cuenta que entre las declaraciones que no se escuchan hay varias de los principales acusados, Juan Cuenca y los rumanos Valentín Ion e Ingrid Visser.

Las únicas concesiones que ha hecho el magistrado a las defensas consisten en ordenar la devolución de la causa al juzgado de Molina de Segura para que subsane algunos fallos en las transcripciones, como el que ha permitido que a tres preguntas distintas del fiscal se otorgue una única respuesta de un acusado.

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