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Juan Ramón Avilés.
La Fiscalía pide anular la sentencia que absolvió a la cúpula de la CAM

La Fiscalía pide anular la sentencia que absolvió a la cúpula de la CAM

El Ministerio Público cree que no se dejó actuar a las acusaciones en el juicio que exculpó a Avilés y López Abad por las dietas de la caja

EFE

Jueves, 13 de agosto 2015, 00:46

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha pedido al alto tribunal que anule la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió a dos exdirectivos de la CAM: el ex director general de la misma, Roberto López Abad, y el expresidente de la Comisión de Control de la caja, el murciano Juan Ramón Avilés. El Ministerio Público solicita que se ordene dictar una nueva resolución en la que la Audiencia devuelva al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) y a la entidad su condición de perjudicados «sin trabas ni límites».

En sendos informes, el fiscal de Sala del Supremo Fidel Ángel Cadena apoya los recursos que interpusieron el FGD y la Fundación CAM contra la resolución que absolvió a López Abad y Avilés de haber ideado un sistema irregular de cobro de dietas en una participada de la caja y en la concesión de préstamos al segundo.

La Fiscalía del Tribunal Supremo explica que las acusaciones a estos dos perjudicados iban más allá que las de la Fiscalía Anticorrupción, que solo atribuía a Avilés un delito de administración desleal, por el que pedía dos años y medio de prisión. Asimismo, consideraba que las indemnizaciones derivadas de esta causa debían ir a parar al Banco Sabadell o a la sociedad participada Tenedora de Inversiones y Participaciones (TIP) por las dietas percibidas por los miembros de su Comisión de Control, que ascendían a casi 1,5 millones. De hecho, con su decisión, la Audiencia exoneraba además a los otros 18 partícipes a título lucrativo de devolver las cantidades que percibieron como miembros de la Comisión de Control de TIP.

El FGD y la Fundación CAM, sin embargo, elevaban su solicitud a diez años de cárcel a Avilés al acusarle también de apropiación indebida por la concesión de préstamos por valor de 17 millones a sociedades vinculadas a él y por el asunto de las dietas de la participada, en la que se adjudicó 308.000 euros mientras fue su presidente.

De compartir la tesis del fiscal, el Supremo obligará a la Audiencia Nacional a dictar otra sentencia. Para el fiscal, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional vulneró el derecho del FGD a la tutela judicial efectiva al negarle la legitimidad para ejercer la acusación.

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