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Manuel Buitrago
Martes, 10 de febrero 2015, 18:50
El Tribunal Constitucional ha dejado tocada la Ley de Evaluación Ambiental que recoge la nueva regulación del Trasvase Tajo-Segura. El alto tribunal ha estimado parcialmente el recurso que presentó el año pasado las Cortes de Aragón y ha declarado inconstitucional cinco preceptos de dicha ley, que afectan directamente a la regulación del Trasvase Tajo-Segura. La norma fue aprobada en diciembre de 2013 en el Congreso de los Diputados, según ha podido saber 'La Verdad'.
El recurso de Aragón iba contra siete disposiciones de la Ley de Evaluación Ambiental, que son aquellas que tienen efectos sobre todas las cuencas hidrográficas, y no solo las del Tajo y Segura.
Los aspectos sobre los que el Constitucional declara su nulidad se centran en los informes preceptivos que debe emitir la Comunidad de Aragón en aspectos relacionados con el agua, según se recoge en su Estatuto de Autonomía, ya que hay una parte de la cuenca del Tajo que toca a su territorio, aunque mínima. En resumen, quienes confeccionaron la ley se olvidaron de consultar al Gobierno de Aragón. El Ejecutivo central tiene un año de plazo para subsanar la ley, ya que de lo contrario se declarará nula, con lo que eso supone para la nueva regulación del Trasvase Tajo-Segura. La nueva regulación del acueducto seguirá vigente hasta que el Gobierno subsane la deficiencias observadas por el TC. Los preceptos afectados por la sentencia incumben a las nuevas reglas de explotación y a la reserva de 400 hectómetros.
El Pleno del Tribunal Constitucional admitió a trámite en abril del año pasado el recurso de inconstitucionalidad presentando por las Cortes de Aragón contra varias disposiciones de la ley de Evaluación Ambiental que dio cobertura al Trasvase Tajo-Segura. Los partidos aragoneses, incluido el PP, están en contra de que se liberalicen los bancos de agua porque creen que la compraventa de caudales entre cuencas hidrográficas deja la puerta abierta al Trasvase del Ebro.
La norma fue aprobada en diciembre por el Congreso de los Diputados garantizando la continuidad del acueducto Tajo-Segura a través del Memorándum respaldado por el Ministerio, los regantes y las regiones implicadas: Murcia, Madrid, Castilla-La Mancha, Extremadura y Comunidad Valenciana. Los bancos de agua permitirán al Sindicato Central de Regantes y a otros usuarios del Segura completar sus dotaciones adquiriendo derechos concesionales de forma provisional en otras regiones.
Las Cortes de Aragón decidieron recurrir la ley en febrero de 2014 por entender que incurría en un vicio de inconstitucionalidad, ya que modificaba el Plan Hidrológico Nacional sin contar con la participación de las autonomías.
El informe de los servicios jurídicos de dicha comunidad aseguró que la ley hace posibles los trasvases sin tener en cuenta los planes hidrológicos, además de que establece que es el Gobierno el que determinaría el volumen de desembalse para necesidades propias, lo que "vulnera el principio constitucional de cooperación".
Los partidos aragoneses señalaron que la Ley de Evaluación Ambiental incluye una disposición que permite realizar trasvases de agua entre cuencas con una simple autorización de la Dirección General del Agua, sin necesidad de pactar con autonomías ni organismos de cuenca.
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