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Cabo Cope, al fondo, desde la llanura litoral de la Marina de Cope. PACO ALONSO
El Supremo cierra a Iberdrola la última posibilidad de urbanizar la Marina de Cope

El Supremo cierra a Iberdrola la última posibilidad de urbanizar la Marina de Cope

Desestima un recurso de casación de la compañía energética y propietarios de suelo y entierra definitivamente el sueño inmobiliario en el parque regional

Viernes, 30 de octubre 2020, 15:58

Adiós definitivo al ladrillo en la Marina de Cope: la última posibilidad de urbanizar en el litoral deshabitado de Águilas y Lorca ha quedado desechada con la sentencia del Tribunal Supremo que desestima un recurso de Iberdrola y la Asociación Colaboradora de Propietarios para seguir adelante con su proyecto inmobiliario en el Parque Regional de Cabo Cope-Calnegre. El fallo judicial, emitido el pasado día 21 y notificado hoy mismo a las partes, y al que ha tenido acceso LA VERDAD, reconoce la integridad del espacio protegido y confirma el 'efecto cascada' de todas las anulaciones en los tribunales desde el histórico dictamen del Tribunal Constitucional de diciembre de 2012, que devolvía sus límites originales al parque tras la desprotección por el Gobierno de Ramón Luis Valcárcel de 21 millones de metros cuadrados en la llanura litoral en 2001 para edificar «el mayor resort del Mediterráneo».

La decisión del Supremo no es una sorpresa tras los fallos sucesivos del Constitucional y del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que en los últimos años han anulado la disposición adicional octava de la Ley del Suelo regional (en 2012), la Actuación de Interés Regional (AIR) promovida por la Comunidad Autónoma (en 2013) y la adaptación de los planes urbanos de Águilas y Lorca para albergar en sus términos municipales 9.000 viviendas, hoteles, centros deportivos, campos de golf y una marina interior (en 2016).

Los promotores defienden que los planes urbanos municipales bastan para construir 9.000 viviendas, campos de golf, una marina interior y centros deportivos

Sin embargo, tanto Iberdrola como la Asociación Colaboradora de Propietarios de la AIR (formada por empresas constructoras y grandes inmobiliarias que compraron suelo en la Marina de Cope), se agarraban a una última posibilidad para sacar adelante su proyecto turístico: insistieron en su recurso de casación en que la Marina de Cope no es un espacio protegido porque el parque regional «no tiene validez jurídica» ya que, transcurrido un año de su declaración, en 1992, no se aprobó su Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN). Al menos en esto tienen razón: casi treinta años después, el parque no cuenta con plan de gestión ni normativa, aunque el Gobierno regional espera aprobarla en 2022, en el marco de la planificación ambiental de la Red Natura 2000.

Esta caducidad estaría reflejada en dos leyes: en el artículo 15.2 de la Ley 4/1989 de Conservación de los Espacios Naturales y de la Fauna y Flora Silvestre, y en el 36.2 de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

'Efecto cascada'

La parte demandante alegó igualmente que con la anulación de la Actuación de Interés Regional no tiene por qué decaer también la modificación del planeamiento urbanístico de Águilas y Lorca; y que, puesto que siguen vigentes las Directrices de Ordenación del Litoral, estas normas serían suficientes para avalar jurídicamente la urbanización de la Marina de Cope.

Pero el Tribunal Supremo desestima estas pretensiones con el argumento de que el parque regional, por haber sido declarado mediante una ley, conserva toda su validez jurídica aunque no se hayan desarrollado sus planes de uso y gestión, y mantiene que todas las modificaciones urbanísticas en la Marina de Cope provienen de la Actuación de Interés Regional aprobada en Consejo de Gobierno; y que, al anularse en los tribunales esta figura legal, dejan de tener efecto todas sus consecuencias administrativas.

Este diario ha pedido una valoración de la sentencia a Iberdrola Inmobiliaria, pero la compañía prefiere no hacer declaraciones.

Esta sentencia del Tribunal Supremo vuelve a dar la razón a la plataforma Iniciativa Ciudadana y Profesional para la Defensa Juridica del Litoral (Prolitoral), que siempre se opuso a los planes del Gobierno regional para construir junto a las playas desiertas de la Marina de Cope y que ha conseguido doblar la mano en todas las instancias judiciales tanto a la Comunidad Autónoma como a Iberdrola y al resto de promotores inmobiliarios. Ya no caben más recursos.

Prolitoral exige a la Comunidad más vigilancia y que apruebe en un año el plan de ordenación

Prolitoral –plataforma integrada por Ecologistas en Acción, ANSE, Amacora y profesionales del Derecho y el medio ambiente– celebra la «victoria definitiva ante el Tribunal Supremo por la defensa del Parque Regional de Cabo Cope-Calnegre frente a los intereses para urbanizarlo por parte de los propietarios mayoritarios, entre ellos Iberdrola Inmobiliaria, y también inicialmente por la Comunidad Autónoma y los Ayuntamientos de Águilas y Lorca». Estas organizaciones exigen ahora «la aprobación inmediata del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN)del Parque Regional. Después de casi veinte años de batallas sociales y judiciales por la defensa del parque, el Tribunal Supremo ha declarado firme la última sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia de 25 de enero de 2019 que zanjaba la cuestión urbanística planteada por los grandes propietarios, con lo que ya no quedan instancias judiciales ordinarias para acudir», recuerdan.

Los ecologistas destacan además que el Supremo «alude a la protección preventiva de los terrenos del parque mientras no se apruebe el PORN, que acumula 28 años de retraso, con lo que no son de recibo los argumentos que afirman que la declaración del parque ha devenido ineficaz, y deja en evidencia la negligencia de la Comunidad Autónoma por no aprobar la normativa de protección del espacio natural».

Para Prolitoral, «una vez sepultada judicialmente la iniciativa urbanística en la Marina de Cope, queda que se modifique el Plan Municipal Urbanístico de Lorca para eliminar la Actuación de Interés Regional, y seguir insistiendo en una efectiva protección del parque a través del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales», cuya aprobación inicial exigen que se apruebe de inmediato, y definitivamente en el plazo máximo de 12 meses.

Reclama igualmente Prolitoral «una adecuada vigilancia del espacio natural protegido, permitiendo solo aquellas actividades que sean sostenibles y compatibles con los valores naturales y biodiversidad, impidiendo su degradación por parte de actividades agresivas con el entorno y recuperando las áreas que hayan sido degradadas como consecuencia de la dejadez e irresponsabilidad institucional».

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