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Comunidades de vecinos del barrio murciano del Infante, en una imagen de archivo. Ros Caval / AGM
Impugnar una junta de una comunidad de vecinos: quién puede y cuáles son los motivos para hacerlo

Impugnar una junta de una comunidad de vecinos: quién puede y cuáles son los motivos para hacerlo

Este es uno de los escenarios donde suelen producirse más desencuentros, ya que en estas reuniones se aprueban o rechazan decisiones que afectan a toda la comunidad

Ana de Dios

Martes, 25 de febrero 2025, 18:14

Las relaciones entre vecinos de un mismo edificio no siempre son idílicas. Series como Aquí no hay quien viva han creado una imagen de estos vínculos como problemáticos, con tramas propias de la televisión. Sin embargo, como se suele decir, a veces la realidad supera a la ficción.

Las juntas de propietarios son uno de los escenarios donde suelen producirse más desencuentros, ya que en ellas se aprueban o rechazan decisiones que afectan a toda la comunidad. En algunas ocasiones, cuando un grupo de propietarios no está de acuerdo con una decisión tomada en la junta de vecinos, es posible impugnar el acta correspondiente.

¿Cómo impugnar un acta de comunidad?

Para impugnar un acta de comunidad, según explican desde el portal inmobiliario Idealista, se deben cumplir ciertos plazos y procedimientos legales. Generalmente, el plazo para la impugnación es de tres meses desde la adopción del acuerdo. Sin embargo, si el acuerdo es contrario a la ley o a los estatutos, este plazo se extiende hasta un año.

Si un propietario no pudo asistir a la junta, tiene un plazo de 30 días naturales desde la notificación del acuerdo para manifestar su oposición. Según el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), si el propietario no comunica su disconformidad en ese plazo, su voto se considerará favorable.

Para llevar a cabo la impugnación, es obligatorio contar con la asistencia de un abogado y un procurador, ya que el proceso implica la presentación de una demanda ante los tribunales. Es importante señalar que la impugnación no suspende la aplicación del acuerdo, salvo que un juez lo ordene como medida cautelar.

Motivos para impugnar un acta de comunidad

El artículo 18 de la LPH establece los motivos por los cuales se puede impugnar un acta de comunidad:

-Cuando las decisiones adoptadas sean contrarias a la ley o a los estatutos de la comunidad.

-Si los acuerdos resultan gravemente perjudiciales para los intereses de la comunidad en beneficio de uno o varios propietarios.

-Cuando se cause un grave perjuicio a algún propietario que no esté obligado a soportarlo legalmente.

-En casos de abuso de derecho.

¿Quién puede impugnar una junta de vecinos?

No todo el mundo puede impugnar una junta de vecinos. Los propietarios que pueden hacerlo son:

-Aquellos que hayan salvado su voto durante la junta.

-Propietarios que no hayan asistido a la reunión por cualquier motivo.

-Propietarios a quienes se les haya negado el derecho a votar de manera indebida.

Además, deben estar al día con los pagos de la comunidad o depositar las cantidades adeudadas judicialmente antes de presentar la impugnación. Esta exigencia no se aplica en casos relacionados con la modificación de cuotas de participación.

¿Hay que pagar para impugnar una junta?

Desde 2015, las personas físicas no están obligadas a pagar tasas judiciales para presentar una demanda de impugnación. No obstante, las personas jurídicas deben abonar una tarifa fija de aproximadamente 300 euros, además de una variable del 0,5%.

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