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Una mujer trabaja desde casa. Enric Fontcuberta / EFE
Estos son los permisos laborales retribuidos que pueden disfrutar los trabajadores en 2024

Estos son los permisos laborales retribuidos que pueden disfrutar los trabajadores en 2024

Estos son los días en los que se permite a un empleado que se ausente de su puesto por una causa justificada y sin que se les descuente de su salario

Ana de Dios

Lunes, 5 de febrero 2024, 21:14

El Estatuto de los Trabajadores establece los derechos con los que cuentan los empleados en relación con los permisos laborales retribuidos con los que cuentan. Estos son los días en los que se permite que el empleado de una empresa, independientemente de su tipo de contrato y de si trabajan a jornada completa o a tiempo parcial, se ausente de su puesto por una causa justificada y sin que esas jornadas se les descuente de su salario.

En 2024, tal y como explica la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en su página web, se han producido varios cambios y mejores en lo que respecta a estos permisos o se prevé que a lo largo del año se introduzcan

¿De qué permisos laborales disponen los trabajadores?

-Estado civil: si una pareja se casa o se registra como pareja de hecho, cada uno de los integrantes tiene derecho a 15 días naturales de permiso retribuido.

- Embarazo o adopción: en estos casos hay un tiempo previsto para la realización de pruebas prenatales y técnicas de preparación al parto, en el caso de un embarazo, mientras que por adopción, guarda o acogimiento, para la asistencia a sesiones de información y preparación y la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.

-Nacimiento, adopción o acogimiento: el Ministerio de Derechos Sociales está trabajando para aumentar de 16 a 20 semanas a todos los progenitores que tengan un hijo, lo adopten o lo acojan. Se espera que esta medida entre en vigor en agosto de 2024. Por el momento, el permiso de paternidad es de 16 semanas, de las cuales 6 deben disfrutarse obligatoriamente tras el parto, a jornada completa y de manera ininterrumpida.

- Por nacimiento de hijo prematuro o que deba permanecer hospitalizado: el trabajador tiene derecho a una hora de ausencia del trabajo de permiso retribuido y la posibilidad de reducir su jornada hasta un máximo de 2 horas con la disminución proporcional del salario.

- Lactancia: una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones, para cuidar al lactante hasta que cumpla nueve meses. La duración se incrementará proporcionalmente en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples.

- Cuidado de familiares: 5 días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad (incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho). También da derecho a este permiso retribuido al cuidado, por esos motivos, de cualquier otra persona distinta de las anteriores que conviva con el trabajador en el mismo domicilio y que así lo requiera.

- Fallecimiento del un familiar: 2 días por la defunción, el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. En el caso de que el trabajador tenga que desplazarse a otra ciudad o comunidad se amplía a 4 días.

-Formación: El trabajador tiene derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación, vinculada a la actividad de la empresa, acumulables por un periodo de hasta cinco años cuando tenga al menos un año de antigüedad en la empresa. El disfrute debe establecerse por mutuo acuerdo entre trabajador y empresario.

- Para hacer un examen: cuando el trabajador curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico profesional.

-Mudanza: Una jornada libre por traslado del domicilio habitual.

Otros permisos

-Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, como son la donación de sangre, ejercicio del sufragio, el desempeño de jurado o la asistencia a juicio y la renovación del DNI por ejemplo.

-Funciones sindicales o de representación del personal en los términos legales establecidos.

-Búsqueda de empleo: en caso de despido objetivo, 6 horas durante el período de preaviso hasta la extinción del contrato.

-Desplazamiento laboral: por desplazamientos temporales exigidos por la empresa se tiene derecho a un permiso de 4 días laborales por cada desplazamiento de 3 meses.

-Permiso por fuerza mayor: se reconoce a los trabajadores el derecho a ausentarse por las horas necesarias hasta el cómputo total de 4 días retribuidos al año, cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.

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