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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) explica qué deben hacer los ciudadanos que deseen acceder a la 'Renta Activa de Inserción' (RAI). Según el SEPE, los ciudadanos pueden solicitar la RAI si no superan el límite de rentas, si han realizado y justificado la búsqueda activa de empleo y han agotado una prestación o subsidio recientemente.
Este organismo ha avisado en sus redes sociales que los ciudadanos que sigan en paro y no tengan derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo, pueden solicitar la RAI. Lo primero que deben hacer es solicitar cita previa para presentar la solicitud en el SEPE. Si es persona desempleada de larga duración o persona con discapacidad, previamente, deberá acreditar ante el servicio público de empleo autonómico de su oficina la realización de acciones de búsqueda activa de empleo (BAE).
📌 ¿Tienes más de 45 años y llevas más de un año en situación de desempleo?
— SEPE (@empleo_SEPE) May 20, 2023
➡ Puedes acceder a la 'Renta Activa de Inserción' si no superas el límite de rentas, has realizado y justificado la #BAE y has agotado una prestación o un subsidio previamente 👉 https://t.co/rsSFhpfh6b pic.twitter.com/gOzLFR95JL
Aquellos ciudadanos que cumplan los requisitos podrán solicitar la Renta Activa de Inserción a través de internet, desde la sede electrónica del SEPE. De manera presencial en la oficina de prestaciones, en cualquier oficina de registro y por correo ordinario.
Además del trámite, se deben presentar, el modelo oficial de solicitud, el documento de identidad, documento bancario, libro de familia, justificante de rentas y posible certificado de hijos con discapacidad.
Según la página web del SEPE, la RAI se concede durante 11 meses como máximo y se cobra con efectos del día siguiente a la solicitud. Existen una serie de requisitos que deben cumplir los ciudadanos para solicitar la RAI:
- Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo, mantener dicha inscripción durante todo el periodo de percepción de la prestación y suscribir el compromiso de actividad.
- Ser menor de 65 años.
- No tener ingresos mensuales propios superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y gastos necesarios para su obtención. Las ganancias patrimoniales se computarán por la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.
- Si tiene cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad, o menores en acogida, únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de su unidad familias así constituida, incluyéndose a usted, dividida por el número de miembros que la componen, no supera el 75% del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
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- Pueden acceder a la RAI las víctimas de violencia de género, doméstica o sexual quienes tengan acreditada dicha condición ante la Administración competente, siempre que no hayan sido beneficiarias de tres programas, que no convivan con la persona agresora, que figuren inscritas como demandantes de empleo y que cumplan el requisito de carencia de rentas de la unidad familiar.
- No haber sido beneficiario de tres derechos al programa de renta activa de inserción anteriores.
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