![Así quedan las nuevas bases de cotización de las empleadas del hogar tras la subida del salario mínimo](https://s1.ppllstatics.com/laverdad/www/multimedia/2024/04/17/empleadas-kUGF-U2102121693806dMH-1200x840@La%20Verdad.jpg)
![Así quedan las nuevas bases de cotización de las empleadas del hogar tras la subida del salario mínimo](https://s1.ppllstatics.com/laverdad/www/multimedia/2024/04/17/empleadas-kUGF-U2102121693806dMH-1200x840@La%20Verdad.jpg)
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Ana de Dios
Jueves, 18 de abril 2024, 17:25
La subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), aprobada por el Gobierno el pasado mes de febrero, hasta los 1.134 euros mensuales, en 14 pagas, o lo que es lo mismo 15.876 euros anuales no solo ha repercutido favorablemente en el sueldo de las empleadas del hogar, también se ha visto reflejado en las bases de cotización, al igual que ocurrió en 2023, cuando el SMI llegó hasta los 15.120 euros anuales.
Desde el año 2022, las empleadas del hogar han experimentado una serie de mejoras en sus condiciones laborales. A partir de octubre de ese año, estas trabajadoras cotizan, por lo que pueden acceder al paro o al resto de subsidios por desempleo. Además, es obligatorio, independientemente de las horas, que estén dadas de alta en la Seguridad Social.
La Orden PJC/281/2024, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, mediante la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024, se publicó el pasado 28 de marzo en el Boletín Oficial de Estado (BOE).
Por ello, aquellos que tengan contratada una empleada del hogar, en los próximos meses, verán un incremento del recibo que emite la Seguridad Social. Esta es la nueva tabla de cotización correspondiente a los empleados del hogar, que dependerá del salario que perciben cada mes:
1. Para los ingresos que no superan los 306 euros mensuales, la base de cotización se fija en los 284 euros mensuales.
2. Para los sueldos entre los 306,01 hasta los 474 euros mensuales, la base de cotización es de 405 euros.
3. Los salarios comprendidos entre 474,01 hasta 644 euros al mes tienen una base de cotización de 559 euros mensuales.
4. Los ingresos entre los 644,01 hasta 814 euros mensuales verán incrementada su base de cotización hasta los 729 euros mensuales.
5. Las empleadas del hogar que cobren entre 814,01 hasta 986 euros mensuales pasan a tener una base de cotización de 901 euros al mes.
6. Los salarios comprendidos entre los 986,01 hasta 1.153 euros mensuales tienen ahora 1.069, euros mensuales de base de cotización.
7. Para los ingresos entre 1.153,01 hasta 1.323,00 al mes, la base de cotización se fija en los 1.323,00 euros mensuales.
8. Los salarios que superan los 1.323,01 euros pasan a tener una base de cotización igual que la remuneración mensual.
Desde el pasado mes de febrero, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), a través de su canal Importass, puso en marcha un nuevo servicio que puede ser muy útil para aquellos que tengan contratada a una persona que trabaje en tu casa realizando tareas domésticas como la limpieza o el cuidado y compañía de sus familiares. Podrán consultar el historial de recibos emitidos en empleo de hogar por la Seguridad Social.
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