Aunque la pensión parezca algo lejano para aquellos que todavía no estén jubilados o cerca de la edad legal exigida, esta prestación de duración indefinida implica ser previsor. Además de acumular el periodo de cotización necesario, algunos deciden contratar un plan de pensiones que ... les permita tener un dinero ahorrado cuando se jubilen. Esta inversión debe declararse a Hacienda y su trámite cambiará en 2023.
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El objetivo principal de tener un plan de pensiones es contar con un dinero extra, además de la cuantía de la pensión, después de jubilarte, y requiere hacer aportaciones periódicas o puntuales durante los años anteriores. Y una de las ventajas de destinar dinero al plan de pensiones es el ahorro fiscal. Las cantidades aportadas se desgravan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), lo que significa que luego pagas menos impuestos cuando presentas la declaración de la renta. Por tanto, estas inversiones se deben declarar a Hacienda. Un trámite que de cara al 2023 presenta cambios.
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Mónica Millán Valera
El Ministerio de Hacienda ha aprobado una nueva orden que recoge las modificaciones referentes al plan de pensiones y la obligación fiscal frente a la Agencia Tributaria. En 2023 para declarar un plan de pensiones se deberá hacer a través del nuevo modelo 345, un documento para justificar las aportaciones que hacen los ciudadanos a planes de pensiones, fondos de pensiones y sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia.
Otra de las novedades es que el nuevo modelo 345 estará exclusivamente en formato electrónico y solo se podrá presentar de forma 'online'. Para realizar este trámite puedes acceder con el certificado electrónico o a través del sistema Cl@ve Pin. Se te enviará una contraseña a la aplicación de Cl@ve Pin, o a través de un SMS si tienes registrado tu número de teléfono tras incluir tu Documento Nacional de Identidad y la fecha de validez. El plazo de presentación será el comprendido entre el 1 y el 31 de enero de cada año, en relación con la información y operaciones que correspondan al año anterior.
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