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La jubilación anticipada voluntaria es la opción con la que cuentan los trabajadores que quieren adelantar su retirada laboral. Para recibir la pensión a los 65 años en 2022 debes contar con 37 años y 6 meses o más cotizados. Un periodo de cotización que aumentará hasta los 38 y 6 meses en 2027. Mientras que dentro de 5 años la edad de jubilación legal exigida se situará en los 67 años para quien tenga cotizados menos de 38 años y 6 meses.
La Seguridad Social permite adelantar la pensión por jubilación de forma voluntaria como mucho dos años, a excepción de «los trabajadores de algunos sectores profesionales por la realización de actividades penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres y las personas con discapacidad igual o superior al 45% o al 65%» que lo podrán hacer antes. Para ello, necesitas tener un periodo mínimo de cotización de 35 años. Entre los requisitos se incluye disponer de al menos 2 años cotizados dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
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Sin embargo, la Seguridad Social advierte de que para solicitar la jubilación anticipada el importe de la pensión a percibir tiene que ser superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado por su situación familiar al cumplimiento de los 65 años de edad. En caso contrario, no se podrá acceder a esta fórmula de jubilación anticipada.
Un aspecto que debes tener en cuenta si quieres jubilarte antes de la edad legal requerida es que la cuantía de tu pensión se reduce. Esta penalización económica va aumentando cuanto más te alejes de la edad legal. Además de los meses adelantados, la reducción también dependerás del periodo cotizado. Por tanto, así queda la tabla de penalizaciones si adelantas la fecha de tu retirada laboral.
- Si cuentas con un periodo cotizado de menos de 38 años y 6 meses, la reducción va desde el 3,26% por un mes hasta el 21% por 24 meses adelantados.
- Si cuentas con un periodo cotizado de más de 38 años y 6 meses pero menos de 41 años y 6 meses, la reducción va desde el 3,11% por un mes hasta el 19% por 24 meses adelantados.
- Si cuentas con un periodo cotizado de más de 41 años y 6 meses pero menos de 44 años y 6 meses, la reducción va desde el 2,96% por un mes hasta el 17% por 24 meses adelantados
- Si cuentas con un periodo cotizado de más de más de 44 años y 6 meses, la reducción va desde el 2,81% por un mes hasta el 13% por 24 meses adelantados.
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