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Ana de Dios
Lunes, 21 de octubre 2024, 16:24
La jubilación anticipada es una opción disponible para los trabajadores que desean acceder a una pensión antes de alcanzar la edad legal. Existen dos modalidades según las circunstancias del solicitante: jubilación anticipada forzosa (por desempleo) y voluntaria. Dependiendo del caso, se aplican diferentes requisitos. Por ejemplo, en la jubilación forzosa es posible adelantarla hasta cuatro años, mientras que en la voluntaria solo dos.
Sin embargo, uno de los principales inconvenientes de la jubilación anticipada es la reducción de la cuantía de la pensión, ya que se aplica un coeficiente reductor. Este coeficiente consiste en un porcentaje que se descuenta de la pensión por cada mes de adelanto. Además, estos coeficientes se incrementan con el tiempo. A partir de 2025, entrarán en vigor nuevos coeficientes, pero este no será el único cambio que afectará a la jubilación anticipada.
Edad mínima para la jubilación anticipada
Habrá un aumento en la edad mínima para acceder a la jubilación anticipada, tanto voluntaria como involuntaria, debido al incremento de la edad legal de jubilación. A partir del 1 de enero de 2025, esta edad aumentará en dos meses respecto a 2024. Así, la edad legal de jubilación será de 66 años y 8 meses para quienes hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses. Por consiguiente, la jubilación anticipada se retrasará a los 64 años y 8 meses para quienes no alcancen ese tiempo de cotización. En cambio, quienes hayan cotizado 38 años y 3 meses o más podrán jubilarse anticipadamente a los 63 años.
En el caso de la jubilación anticipada por causas ajenas al trabajador, la edad mínima será de 62 años y 8 meses si no se alcanzan los 38 años y 3 meses de cotización, o de 61 años si se supera este período de cotización.
Nuevos coeficientes reductores para pensiones superiores a la máxima en 2025
Según BBVA, en el caso de la jubilación anticipada voluntaria, las personas cuyas pensiones teóricas superen la pensión máxima después de aplicar los coeficientes reductores seguirán bajo un régimen transitorio iniciado en 2024. Es decir, durante este período transitorio se aplicarán coeficientes reductores según el año de acceso a la jubilación anticipada y los meses de adelanto con respecto a la edad legal, siempre que la pensión teórica supere la pensión máxima.
Sin embargo, la normativa establece que estos coeficientes solo se aplicarán si el aumento de la pensión máxima absorbe por completo el efecto del incremento de los coeficientes, en comparación con los vigentes en 2021, para aquellos con pensiones teóricas superiores a la máxima. Así, la pensión reconocida nunca será inferior a la que correspondería con las normas de 2021.
Por lo tanto, quienes se jubilen anticipadamente en 2025 con una pensión teórica superior a la máxima no deberían notar una reducción significativa respecto a quienes lo hicieron en 2023, especialmente considerando la revalorización de las pensiones: un 3,8% en 2024 y una previsión del 3,1% para 2025.
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