![Este es el cambio en la edad de jubilación que entrará en vigor desde 2025](https://s3.ppllstatics.com/laverdad/www/multimedia/2024/10/07/pension-edad.jpg)
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Ana de Dios
Martes, 8 de octubre 2024, 07:50
Aquellos trabajadores que ya no están en edad de continuar con su actividad laboral pueden contar con una pensión. Sin embargo, la edad a la que se puede acceder a esta prestación ha sido objeto de numerosas reformas en las últimas décadas, y desde 2013 se está llevando a cabo un aumento progresivo que finalizará en 2027.
Por ejemplo, en 2024, la edad legal de jubilación se estableció en 66 años y 6 meses para quienes cuenten con menos de 38 años de cotizaciones. En cambio, si se han acumulado 38 años o más de cotización, el interesado podrá jubilarse a los 65 años. Este incremento paulatino significa que en 2025 volverá a haber un cambio en la edad de jubilación. La Seguridad Social ofrece un simulador que permite a los trabajadores conocer detalles como la edad a la que podrán jubilarse o la cuantía que recibirán.
En 2025, la edad legal de jubilación ordinaria se incrementará en dos meses respecto a la aplicada en 2024, situándose en 66 años y 8 meses para quienes tengan menos de 38 años y 3 meses cotizados. En caso de acumular 38 años y 3 meses o más de cotización, el interesado podrá jubilarse a los 65 años.
El periodo mínimo de cotización exigido en 2025 seguirá siendo el mismo que en 2024: para poder acceder a la jubilación ordinaria se requiere haber cotizado al menos 15 años (carencia genérica), de los cuales 2 deberán estar comprendidos en los 15 años anteriores al hecho causante (carencia específica).
Al igual que este año, en 2025 las pensiones se revalorizarán en función del IPC. En cuanto al cálculo de las cuantías, a diferencia de 2026, cuando entrará en vigor un nuevo método de cálculo de la base reguladora en el que se elegirá la mejor opción para el trabajador entre dos alternativas, para el próximo año se seguirán considerando los últimos 25 años de cotización (300 meses de cotización) previos a la fecha del hecho causante (normalmente, el día de cese en la actividad laboral). Para calcular la base reguladora, la suma de las cotizaciones de esos 300 meses se dividirá entre 350. Las últimas 24 bases de cotización (correspondientes a los dos últimos años) se computarán según su valor nominal, mientras que las anteriores se actualizarán según la evolución del Índice de Precios al Consumo (IPC) durante todo ese período.
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