![Estos son los requisitos para poder deducirte un gasto aunque no tengas la factura](https://s3.ppllstatics.com/laverdad/www/multimedia/2025/01/23/factura-kj6B-U230625354856p8F-1200x840@La%20Verdad.jpg)
![Estos son los requisitos para poder deducirte un gasto aunque no tengas la factura](https://s3.ppllstatics.com/laverdad/www/multimedia/2025/01/23/factura-kj6B-U230625354856p8F-1200x840@La%20Verdad.jpg)
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Ana de Dios
Lunes, 10 de febrero 2025, 12:37
El alquiler de un local, el pago de seguros, suministros y la cuota de autónomos son solo algunos de los gastos que forman parte del día a día de los trabajadores por cuenta propia. Este desembolso puede ser considerablemente elevado. Para aliviar esta carga económica, la ley permite deducir ciertos gastos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y, en algunos casos, en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Por lo general, se requiere un recibo o factura que justifique el gasto para realizar estas deducciones. Sin embargo, existe una excepción en el ámbito del IRPF, donde es posible deducir ciertos gastos sin disponer de una factura, siempre que se cumplan los requisitos legales. En el caso del IVA, la normativa exige una factura para acreditar que el impuesto ha sido pagado.
La posibilidad de deducir gastos está recogida en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y su Reglamento de desarrollo. Según estas normativas, un gasto es deducible si está directamente relacionado con la actividad profesional y es imprescindible para generar ingresos.
Entre los gastos deducibles destacan los suministros como agua y luz, el alquiler de un local o las pólizas de seguros. Aunque la factura es el medio preferente para justificar un gasto, el artículo 106.4 de la Ley General Tributaria establece que otros documentos, como recibos bancarios o contratos, pueden ser admitidos si acreditan de forma suficiente la existencia y finalidad del gasto.
Para que la Agencia Tributaria acepte un gasto sin factura como deducible, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- 1. Vinculación directa con la actividad profesional: Solo son deducibles los gastos necesarios para el desarrollo de la actividad y que contribuyan a generar ingresos.
- 2. Justificación adecuada: Es obligatorio presentar documentos alternativos como recibos bancarios, contratos o justificantes de pago que respalden la transacción.
- 3. Registro contable: El gasto debe estar correctamente registrado en la contabilidad del autónomo, ya sea en los libros-registro o en el software contable que utilice.
Estos son los principales gastos que los autónomos pueden deducir en el IRPF sin necesidad de factura:
- Pólizas de seguros: Seguros vinculados a la actividad profesional, como los de responsabilidad civil, vida o salud. También se incluyen los seguros asociados al local donde se desarrolla la actividad.
- Salarios y seguros sociales: Los pagos a empleados, incluyendo salarios, pagas extraordinarias y cotizaciones a la Seguridad Social, se justifican con nóminas y recibos bancarios.
- Cuota de autónomos: La cuota mensual de la Seguridad Social puede justificarse con el recibo bancario correspondiente.
- Gastos bancarios: Comisiones de mantenimiento de cuentas, emisión de tarjetas o devolución de recibos, justificadas con extractos bancarios.
- Gastos realizados en el extranjero: Bienes o servicios adquiridos fuera del país vinculados a la actividad profesional y debidamente documentados.
- Gastos mercantiles: Pagos asociados a la constitución de sociedades, escrituras notariales o traspasos de locales comerciales.
- Impuestos locales: Tasas como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) o la tasa de recogida de residuos pueden deducirse presentando el justificante de pago.
- Cuotas de colegios profesionales: Si la actividad requiere pertenecer a un colegio profesional, las cuotas abonadas también son deducibles.
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