Borrar
Una oficina del SEPE, en una foto de archivo. LA VOZ
Este es el plazo para devolver un cobro indebido al SEPE: no hacerlo conlleva un recargo del 20% en la deuda

Este es el plazo para devolver un cobro indebido al SEPE: no hacerlo conlleva un recargo del 20% en la deuda

Existen ciertas circunstancias, como volver a trabajar o no cumplir con los requisitos establecidos por la Seguridad Social, que pueden provocar que ingresen una cantidad que no corresponde

Ana de Dios

Viernes, 27 de diciembre 2024, 12:26

Si cobras el paro o alguna prestación del SEPE, debes tener en cuenta que existen ciertas circunstancias, como volver a trabajar o no cumplir con los requisitos establecidos por la Seguridad Social, que pueden provocar que te ingresen una cantidad indebida. Aunque esto pueda parecer un extra, recibirlo no significa que tengas derecho a ello. Esto se conoce como un cobro indebido.

Por lo tanto, si en el recibo de tu prestación por desempleo aparece un cobro indebido, es porque en algún momento has cobrado una prestación (o subsidio) sin tener derecho, debido a causas como suspensión, extinción o revisión de la prestación. El Servicio Público de Empleo Estatal te notificará este cobro indebido antes de proceder a la compensación. Es decir, deberás devolver el dinero tarde o temprano, y lo más conveniente es hacerlo cuanto antes, ya que existe un plazo para efectuar la devolución. Si no lo haces dentro de este plazo, se aplicará un recargo.

¿Cuál es el plazo para efectuar la devolución?

Según el SEPE, si has recibido indebidamente una prestación o subsidio por desempleo, serás convocado para que, en un plazo de 10 días, alegues lo que consideres oportuno. Transcurrido ese plazo, el SEPE dictará una resolución en la que se indicará si realmente has percibido indebidamente la prestación y cuál es su cuantía.

El plazo para devolver el dinero es de 30 días a partir de la notificación de la resolución. Deberás realizar el ingreso en la cuenta que el SEPE indique en la misma notificación. Si no efectúas el pago dentro de ese período, se aplicará un recargo del 20%.

¿Qué pasa si no puedes abonarlo en ese plazo?

Si no puedes pagar la cantidad en el plazo establecido, puedes solicitar el fraccionamiento de la deuda para evitar el recargo. La solicitud debe presentarse por escrito ante el SEPE en un plazo de 30 días desde la notificación del cobro indebido, antes de que comience la recaudación ejecutiva. Si presentas la solicitud fuera de este plazo, se aplicará un recargo por ingreso fuera de plazo.

La solicitud debe justificar los pagos mensuales que puedas hacer, teniendo en cuenta tu situación económica y personal, y la garantía para su devolución. Además, debe incluir los siguientes datos: identificación y deuda, motivos de la solicitud, plazo y vencimientos solicitados, medio para notificaciones, y si la deuda supera los 150.000 euros, garantizar la cobertura del principal y sus recargos. Si la solicitud está incompleta o tiene errores, el SEPE te dará 10 días para corregirla. Si no se subsana, se te considerará desistido de la solicitud.

En caso de ser aprobada, se aplicará el interés de demora correspondiente desde la concesión hasta el pago. El SEPE resolverá en un plazo máximo de tres meses, y si no recibes respuesta en ese tiempo, se considera desestimada. Si la solicitud es denegada, tendrás 15 días para devolver la deuda.

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

laverdad Este es el plazo para devolver un cobro indebido al SEPE: no hacerlo conlleva un recargo del 20% en la deuda