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Un hostelero transporta las sillas de una terraza. Javier Carrión / AGM
La respuesta a las dudas sobre las ayudas directas: quién se puede beneficiar, cómo se solicitan y cuáles son los importes

La respuesta a las dudas sobre las ayudas directas: quién se puede beneficiar, cómo se solicitan y cuáles son los importes

Estos son los requisitos para acceder a las subvenciones y el listado de actividades económicas que pueden pedirlas

la verdad

Murcia

Lunes, 31 de mayo 2021, 15:20

La Línea Covid de ayudas directas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado podrá beneficiar potencialmente a unas 35.000 empresas y autónomos de la Región. La consejera de Empresa, Valle Miguélez, junto con el consejero de Economía, Javier Celdrán, y el presidente de la Croem, José Mª Albarracín, anunció este martes la convocatoria, que será publicada el próximo 5 de junio en el BORM y que beneficia a unas 15.000 empresas y 20.000 autónomos de la Región.

Esta ayuda directa tiene un carácter finalista, es decir, se cobrará tras la justificación por parte de la empresa de todos los pagos e inversiones, y se empleará para «satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, contemplando entre estos últimos el pago de nóminas pendientes de pago a los trabajadores, así como los costes fijos incurridos por los autónomos y empresas considerados elegibles». Eso sí, estos gastos deben haber sido devengados entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, siendo de contratos anteriores a la fecha de la entrada en vigor de este Real Decreto-Ley. Además, las pérdidas deberán ser de más de un 30% con respecto a 2019.

¿Qué cantidad recibe la Región de la Línea Covid del Gobierno central?

La convocatoria en la Región está dotada con 142,5 millones. Esa es la cuantía asignada por el Gobierno central para la Región de los 7.000 millones de la dotación a nivel nacional. La cifra supone una media por habitante de 98 euros, cifra muy por debajo de la media nacional de 148 euros. La asignación se establece de manera proporcional en base a indicadores de renta, de desempleo y de desempleo juvenil.

El indicador de renta mide el peso de cada comunidad en la caída del PIB en 2020, moderado en función de la prosperidad relativa de cada una de ellas, medida a través de la renta per cápita respecto a la media nacional.

El indicador de desempleo y el de desempleo juvenil consideran la media ponderada entre el peso de la comunidad autónoma en el total de parados (de entre 16 y 25 años en el sector juvenil) registrados en enero de 2020 y su contribución al incremento del paro registrado nacional en 2020.

¿Cuál es el importe de la ayuda que pueden recibir autónomos y empresas?

La subvención que podrán recibir los autónomos y empresas murcianas que «cumplan con las estrictas condiciones impuestas por el Gobierno central», no podrá ser inferior a 4.000 euros ni superior a 200.000 euros. En cuanto a los empresarios y profesionales que tributen por módulos en IRPF se establece un máximo de 3.000 euros.

Los empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones anual declarado en el IVA haya caído más del 30% en 2020 con respecto al 2019 podrán obtener una ayuda del 40 % de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30 %.

En el caso de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación directa en el IRPF y las entidades y establecimientos permanentes que tengan un máximo de 10 empleados, podrán optar a una ayuda máxima del 40% de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%.

Las entidades y empresarios o profesionales y establecimientos permanentes que tengan más de 10 empleados, podrán acceder a una ayuda máxima del 20% del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%.

¿Quién se puede beneficiar de las ayudas directas?

Tal y como se especifica en el Boletín Oficial del Estado publicado el 13 de marzo de 2021, «los destinatarios de las ayudas serán las empresas no financieras y los autónomos más afectados por la pandemia, siempre y cuando tengan su domicilio fiscal en territorio español o cuando se trate de entidades no residentes no financieras que operen en España a través de establecimiento permanente».

No podrán acceder a esta ayuda empresarios o profesionales, entidades y grupos consolidados que en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2019 hayan declarado un resultado neto negativo o haya resultado negativa en dicho ejercicio la base imponible del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto de la Renta de no Residentes, antes de la aplicación de la reserva de capitalización y compensación de bases imponibles negativas.

¿Cuáles son los requisitos?

Para poder acceder a esta ayuda hay que cumplir una serie de requisitos:

-No haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas

-No haber sido condenado mediante sentencia firme por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.

-Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones o ayudas públicas.

-Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

-No haber solicitado la declaración de concurso voluntario ni insolvente.

-No tener residencia fiscal en un país o territorio reconocido como paraíso fiscal.

-No se podrán repartir dividendos durante 2021 y 2022.

-No se podrán aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección en un periodo de dos años desde la aplicación de esta medida

¿Qué sectores de actividad son los beneficiarios?

La incorporación de 36 nuevos sectores de actividad potencialmente beneficiarios de los 142 millones supone un incremento muy importante con respecto a los 95 establecidos por el Estado. La consejera de Economía explicó que para identificar los posibles sectores beneficiarios de estas ayudas se tuvo en cuenta para cada una de las actividades económicas: la caída relativa y contribución de la afiliación; el peso total de la afiliación; el mayor peso de trabajadores en ERTE sobre afiliados de cada actividad, y el mayor peso de los trabajadores en ERTE de cada actividad sobre el total regional de trabajadores en dicha situación». Estos son los sectores que pueden aspirar al fondo para la solvencia empresarial de la Covid-19:

¿Cómo y cuándo se pueden presentar las solicitudes de las ayudas directas?

El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el próximo día 7 de junio y será de 21 días naturales. Al ser por orden de concurrencia competitiva, se valorarán de igual forma las solicitudes presentadas desde el inicio hasta el fin de plazo. La Comunidad asegura que tiene todo preparado para poder lanzar en los próximos días la convocatoria de subvenciones.

Desde el Gobierno regional aseguran que van a simplificar al máximo el proceso que el Gobierno central exige a empresas y autónomos para solicitar y justificar las subvenciones. «Como novedad, hay que destacar que las empresas y autónomos que reciban una subvención inferior a 60.000 euros realizarán una justificación simplificada muy rápida de llevar a cabo», informan.

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