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José Luis Perea, director del área de Prevención de ATA. ATA
La formación en prevención de riesgos evitaría muchos accidentes en los autónomos

La formación en prevención de riesgos evitaría muchos accidentes en los autónomos

UNIÓN. ATA Murcia, junto al Gobierno regional, asesora gratuitamente sobre las obligaciones de este colectivo en materia preventiva en el 900 10 18 16

EFQ.

MURCIA

Jueves, 28 de abril 2022

Es fundamental que el autónomo tenga la formación y los conocimientos necesarios que le permitan poder adaptar las medidas de prevención y protección en su negocio, por pequeño que sea, lo que contribuiría al desarrollo y consolidación de una cultura de la prevención de riesgos laborales, afianzando el lugar de trabajo como un sitio seguro.

Solo en los dos primeros meses de 2022, en España los autónomos han sufrido durante su jornada 4.685 accidentes laborales, de los que 14 tuvieron resultados mortales. De ellos, tres se registraron en Andalucía, otros tres en Galicia, dos en Castilla y León, y uno en la Región de Murcia, Baleares, Cataluña, Comunidad Valenciana, Comunidad de Madrid y País Vasco.

Índice de incidencia

El índice de incidencia marca el número de accidentes en función del número de autónomos que hay, porque en términos absolutos son las comunidades que más autónomos tienen las que más accidentes registran, pero generalmente no se corresponde con la mayor incidencia. En este 'ranking', la Región de Murcia destaca por tener un índice de incidencia de los más bajos de España. «Sin embargo, esta buena noticia no debe hacer que levantemos la vigilancia y bajemos el esfuerzo. Si estamos trabajando bien, debemos reforzar las políticas preventivas para que el índice baje a cero», asegura José Luis Perea, director del área de Prevención de ATA.

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  • autónomo fallecido en los dos primeros meses del año en la Región

Es importante también que el autónomo sea capaz de analizar cuáles son los riesgos, así como la exposición que tienen en su empresa. ATA Murcia, en colaboración con la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía del Gobierno regional, ha iniciado el proyecto 'Sinergia Autónomos', un conjunto de acciones de impulso y fomento del empleo autónomo en el marco de la 'I Estrategia Integral del Trabajo Autónomo de la Región de Murcia' y con el que todos los autónomos murcianos pueden solicitar asesoramiento gratuito, también en materia de prevención.

Algunas particularidades

Para combatir estos riesgos, existe una serie de obligaciones que dependerá de la actividad, del lugar donde se realice y de si se tiene empleados a cargo. En primer lugar, el autónomo que no cuenta con asalariados no tiene la obligación en materia de prevención de riesgos laborales, salvo que su actividad sea contratada o subcontratada por otro, en cuyo caso deberán cumplir las obligaciones establecidas en la normativa sobre prevención de riesgos laborales. Estas obligaciones corresponden al tema de la coordinación de actividades, para lo cual es suficiente con que el autónomo se subrogase al plan de seguridad de la empresa principal, es decir, leerlo, firmarlo y cumplirlo. Como autónomo sin asalariados, debe informar al coordinador de los riesgos que genera su actividad durante su desarrollo en las instalaciones o centro de trabajo de la empresa que lo ha contratado, y de la planificación preventiva, pueden hacerlo mediante una evaluación de riesgos, para que el coordinador pueda organizar el trabajo de todos (asalariados y autónomos) sin que se produzcan percances, tal y como se reflejan en los artículos 4 y 9 del Real Decreto de Coordinación de Actividades Empresariales.

Para la realización de la evaluación de riesgo tienen dos vías: contratarlo con un servicio de prevención ajeno (SPA) o hacerlo el propio autónomo (o un trabajador), siempre que tenga formación mínima acreditada en materia de prevención. En cualquier caso, la formación que se requiere para actividades sin riesgo es el curso básico de Prevención de Riesgos Laborales de 30/50 horas; tiene que ser una titulación oficial, no sirve un certificado de aprovechamiento de horas.

En resumen, el autónomo sin asalariados no tiene obligación, pero hay empresas que no contratan si no se los hacen, porque es una forma de asegurarse de que se está en condiciones de asumir dicha actividad. Se puede negar, pero en ese caso debe asumir el riesgo de que la empresa puede no contratarle.

Con trabajadores

En segundo lugar, cuando el autónomo tiene trabajadores a su cargo, debe cumplir con las obligaciones del empresario (Art. 14 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales): velar por la seguridad y la salud de sus trabajadores. La protección que el empresario dará a los trabajadores abarca los siguientes aspectos: plan de prevención, evaluación de riesgos y revisiones de la planificación preventiva, información y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente y vigilancia de la salud.

Más información en: https://ata.es/proyectos/sinergia-autonomos-murcia/

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