Un grupo de pensionistas juegan al dominó, en una imagen de archivo. Eduardo Parra / Europa Press

Estos son los requisitos para cobrar dos pensiones a la vez si has sido asalariado y autónomo

La Seguridad Social aclara las condiciones que deben cumplir los jubilados para compatibilizar ambas prestaciones

Jueves, 16 de marzo 2023, 10:20

Para solicitar la pensión es imprescindible llegar a un mínimo de tiempo cotizado a la Seguridad Social y alcanzar la edad de jubilación exigida, que puede adelantarse, en 2023, si acumulas más de 37 años y 9 meses. Además, existen otras clases de pensiones para diferentes tipos de beneficiarios y su situación: por incapacidad permanente, de viudedad, orfandad y en favor de familiares. Aquellos que no hayan cotizado lo necesario y no cuenten con ingresos suficientes tienen derecho a percibir una pensión no contributiva cuando llegan a los 65 años. La Seguridad Social también contempla la posibilidad de cobrar dos pensiones a la vez.

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Aunque, por lo general, estas prestaciones son incompatibles entre sí, hay casos en los que es posible percibir dos pensiones al mismo tiempo, como la pensión de jubilación y viudedad. Otra de las posibilidades es cobrar dos pensiones de jubilación a la vez si has sido asalariado y autónomo, «siempre que cumplas los requisitos exigidos por separado en cada régimen», aclara la Seguridad Social.

Requisitos

En ambos casos se requiere alcanzar la edad ordinaria y un mínimo de cotización: en 2023 son 37 años y 9 meses o más para jubilarte a los 65 años, y 66 años y 4 meses cuando has cotizado menos. Otro de los requisitos es estar en alta o en situación de alta asimilada en el Régimen correspondiente. También son beneficiarios los trabajadores que, en la fecha del hecho causante, no estén en alta o en situación asimilada al alta, siempre que reúnan los requisitos de edad y cotización establecidos.

Para los trabajadores por cuenta propia deben estar al corriente en el pago de las cuotas, que este año cambian por el nuevo sistema de cotización. Para el cálculo de la cuantía la base reguladora es diferente para asalariados y autónomos.

Por tanto, una vez que cumplan con estos requisitos, se tiene derecho a las pensiones de los dos regímenes diferentes. Detallan que si no estás en situación de alta o asimilada en alguno de dichos regímenes en el momento de la jubilación, será necesario que las cotizaciones acreditadas en cada uno de ellos se superpongan, al menos, durante 15 años. En el supuesto de que no cause pensión en uno de los regímenes, las bases de cotización acreditadas en este último podrán ser acumuladas a las del régimen en que se cause derecho, exclusivamente para determinar la base reguladora, sin que la suma de las bases pueda exceder del límite máximo de cotización vigente en cada momento.

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