La Seguridad Social explica que la cuantía de la pensión se determina aplicando a la base reguladora el porcentaje general que corresponda en función de los años cotizados. En el caso de acceder a la jubilación con una edad superior a la ordinaria vigente en cada momento y el coeficiente reductor que corresponda, se aplicará el porcentaje adicional por prolongación de la vida laboral.
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Los pensionistas deben conocer el significado de las lagunas de cotización, ya que afectarán a la cuantía de su pensión. En la última reforma de las pensiones, se introduce una importante mejoría en el tratamiento de las lagunas de cotización.
Las lagunas de cotización son los periodos en los que el trabajador no cotiza a la Seguridad Social, pero influyen para calcular su pensión futura. El cálculo de la pensión de jubilación se obtiene mediante la suma de las bases de cotización de los últimos años, generalmente los últimos 25 años menos los dos últimos que se toma como valor nominal (tomando como referencia lo establecido en 2022), que equivale a 300 meses.
De esta forma, contar con un «parón» en alguno de estos meses, donde no se ha cotizado, puede perjudicar la base reguladora con la que se establece la cantidad a cobrar por la pensión. En este momento es cuando entra la integración de las lagunas, que rellena estos «parones» con la base mínima de cotización que corresponda.
Las lagunas de cotización tienen un impacto directo en la cuantía de la pensión de jubilación. Algunas de las bases de cotización que se utilizan en el cálculo serán iguales a cero o de cuantía muy inferior a las bases mínimas, lo que provoca la reducción de la cuantía final de la pensión. Sin embargo, existe una forma para «rellenar» los meses en blanco y, en determinados casos, integrar las lagunas de cotización en el cálculo de la base reguladora de la pensión.
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El nuevo paquete de medidas de la reforma de las pensiones, promovida por el ministro Escrivá, recoge, entre otras novedades, la cobertura de las lagunas de cotización de los autónomos durante los 6 primeros meses.
El artículo 322 de la Ley General de la Seguridad Social, modificado por el Real decreto Ley 2/2023, en relación a los vacíos de cotización de trabajadores autónomos que aparezcan con posterioridad a la extinción de la prestación por cese de actividad, se integrarán las lagunas de cotización de los siguientes 6 meses con la base mínima de la tabla general de los autónomos.
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Gracias a esta reforma, se mitiga el efecto negativo de las lagunas sobre la pensión de trabajadores por cuenta ajena, ya que la Seguridad Social ha mejorado el mecanismo por el cual se rellenan los meses sin cotizar.
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