![Novedades para los autónomos: la Seguridad Social activa nuevos servicios en el portal Importass](https://s1.ppllstatics.com/laverdad/www/multimedia/2023/04/26/novedades-autonomos-seguridad-social-activa-nuevos-servicios-portal-importass-k24E-U200153209001rqG-1200x840@LaVerdad.jpg)
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Este 2023 entró en vigor el nuevo sistema de cotización de autónomos que ha supuesto cambios en las cuotas. Este sistema está compuesto por 15 tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos. La Seguridad Social puso a disposición de los ciudadanos un portal por el cual se pueden realizar diferentes trámites. Por ejemplo, para saber qué cuota tendrán que pagar los autónomos cuentan con un simulador de la Seguridad Social al que pueden acceder a través del portal Importass.
Este sistema ha incluido nuevas actualizaciones para facilitar a los autónomos los trámites con la Seguridad Social y la transición al nuevo sistema de cotización que ha entrado en vigor este 2023. Según la revista de la Seguridad Social, desde el mes de marzo existen tres nuevos servicios que ya están operativos: simulador de cuota personalizado, comunicación de nueva actividad y comunicación de fin de alguna de las actividades.
Una de las principales novedades para los autónomos es la implementación de un simulador personalizado para calcular la cuota de forma individual. Este simulador puede calcular la cuota ajustada de los autónomos teniendo en cuenta los rendimientos que ha estimado, las cotizaciones durante este año y su última cuota abonada. Con esta herramienta, evitarás que al finalizar el año tengas que regularizar tu situación y proceder a devoluciones o reclamaciones.
- Puedes acceder a este simulador desde el área personal previa identificación a través de Cl@ve, certificado electrónico o vía SMS.
- Una vez identificado, debes pulsar en el enlace 'Revisa tu cuota' que te dirigirá a este simulador personalizado.
El trabajador autónomo deberá indicar los rendimientos netos mensuales que espera obtener. Según la revista de la Seguridad Social, para realizar este trámite, elegirá entre uno de los 15 tramos de rendimientos netos mensuales establecidos. Así, el trabajador podrá realizar la simulación con diferentes tramos de rendimientos netos esperados.
Después de indicar los rendimientos, el simulador mostrará la 'Cuota y base de cotización' ajustada que debería tener el autónomo desde la siguiente fecha de efectos del cambio de base hasta final de año para no tener que regularizar. Esta cuota puede cambiar dependiendo de la situación personal del trabajador autónomo.
Otra de los nuevos servicios de este portal es la inclusión de una nueva tarjeta de acceso al trámite 'Comunicar nueva actividad' en la sección de Trabajo Autónomo del área pública de Importass. ¿A quién va dirigida esta novedad? Este servicio está destinado a trabajadores que ya están dados de alta como autónomos y quieren comunicar una nueva actividad.
Este enlace redirige al área personal, desde donde el usuario puede acceder a su ficha de autónomo y podrá comunicar una nueva actividad. Los pasos de este proceso serán muy similares a los del alta inicial, salvo algunas excepciones.
1. Lo primero que debes hacer es confirmar el domicilio de actividad actual, en los casos en los que el autónomo no tenga asociado domicilio a su actividad principal.
2. A continuación, indica la fecha de inicio de la nueva actividad. Recuerda que esta actividad debe estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en la Administración Tributaria correspondiente, debiendo coincidir el día de inicio de actividad en ambas administraciones y debe comunicarse dentro de los tres días siguientes a su inicio.
La última novedad es la posibilidad de realizar la comunicación del fin de actividad a través del portal Importass. Se ha habilitado una nueva tarjeta de acceso directo al trámite 'Comunicar fin de alguna de tus actividades' que redirige al área personal.
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Con este servicio, el usuario puede acceder a las fichas de las actividades comunicadas y podrá informar dentro de los tres días siguientes al fin de la actividad elegida.
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