Imagen de archivo de una cola del paro. AP

Todo lo que debes saber de la reforma del subsidio por desempleo: cuantías, beneficiarios y duración

El Consejo de Ministros aprobó este martes la nueva norma que entrará en vigor en 2024

Ana de Dios

Viernes, 5 de enero 2024, 17:07

Tras semanas de negociación entre los ministerios de Trabajo y Economía, ambas carteras han llegado a un acuerdo para la reforma del subsidio por desempleo. El Consejo de Ministros del 19 de diciembre de 2023 ha aprobado, el Real Decreto-ley 7/2023, del 19 de diciembre. Además, ya se conoce cuándo entrará en vigor esta reforma, será a partir del 1 de junio de 2024, según consta en la norma publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por lo que los derechos reconocidos antes de esta fecha se mantienen con la normativa anterior hasta su extinción.

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Con estos cambios, se pretende incentivar la reinserción de los desempleados en el mercado laboral, una medida para favorecer el propósito de pleno empleo fijado por el Gobierno para esta legislatura. A finales de noviembre ya se conocieron algunas de las medidas que contempla esta reforma. Y es que el conocido como subsidio asistencial por desempleo de 480 euros que cobran aquellos que han perdido la prestación por desempleo se ampliará para beneficiar a menores de 45 años, que no cuenten con cargas familiares y que hayan terminado de recibir la prestación por desempleo.

Además, también incluye diferentes puntos que pretenden agilizar los trámites, como reducir los tiempos para ingresar esta ayuda, un cambio en el periodo de revisión y que sea compatible con un trabajo.

  1. Qué cambios habrá en el paro a partir de junio de 2024

Ahora, con la aprobación de la reforma del subsidio por desempleo aprobado por el Consejo de Ministros, ya se conoce el resto de cambios que se producirán.

Cuantías

La cuantía por desempleo se verá aumentada en los primeros seis meses desde los 480 euros actuales a 570 euros. A partir de esos seis meses y durante el mismo periodo de tiempo, la cuantía se verá ligeramente reducida, hasta los 540 euros. Una vez pasado un año, los volverán a cobrar 480 euros. Sin embargo, como estos ingresos seguirán vinculados al IPREM, que actualmente es del 80%, se espera que tras el cambio en este índice el próximo año, estas cantidades se modifiquen.

Sin embargo, los mayores de 52 años no podrán disfrutar de la subida de la cuantía hasta los 570 euros y, además, se les reduce la cotización que aporta el SEPE por ellos para su futura jubilación. Se espera una bajada progresiva y que este porcentaje pase del 125% de base mínima actual al 100% en 2028.

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Duración

La extinción de la percepción se mantiene en un tope de 30 meses, dependiendo de la edad, circunstancias familiares y de la duración de la prestación agotada. Lo que sí incluye el acuerdo, y es un dato que ya se conocía, es la posibilidad de compatibilizarlo durante 180 días con la percepción de un sueldo para «facilitar la transición al empleo».

Cuántas personas se beneficiarán de esta reforma

Se estima que con esta reforma la cobertura alcance al millón de personas, teniendo en cuenta que actualmente llega a 800.000. Pues estas prestaciones se extiende a los menores de 45 años sin cargas familiares y a mayores de 52 años con personas a cargo, incluso si las rentas del beneficiario, como hasta ahora, superan el umbral, que se fija en el 75% del salario mínimo interprofesional. Además, según adelantaron desde la cartera de Trabajo, podrán acoger al subsidio de cotizaciones insuficientes, quienes acrediten periodos cotizados inferiores a 6 meses y carezcan de responsabilidades familiares.

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Por otro lado, también se incorporará a los eventuales agrarios residentes fuera de Andalucía y Extremadura, así como los trabajadores transfronterizos que acuden cada día a trabajar a Ceuta y Melilla.

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