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Ana de Dios
Miércoles, 29 de noviembre 2023, 20:55
El Servicio Público de Empleo Estatal o SEPE es el organismo encargado de gestionar aquellos subsidios destinados a las personas que han perdido su trabajo. A estas prestaciones pueden optar aquellas personas que han cotizado más de 12 meses. Además, una vez que has agotado el paro, si siguen sin encontrar trabajo, el SEPE ofrece varios subsidios por desempleo con la misma cuantía, sin embargo, esta prestación no incluía a ciertos grupos.
El Ministerio de Trabajo está inmerso en la reforma del subsidio del paro, es decir, aquellos que perciben los parados cuando han agotado la prestación contributiva, además se espera que el documento se remita a Bruselas en los próximos días. El objetivo es incentivar la reinserción de los desempleados en el mercado laboral, una medida para favorecer el propósito de pleno empleo fijado por el Gobierno para esta legislatura.
Según ha adelantado este miércoles Cadena Ser, esta reforma contempla ampliar el conocido como subsidio asistencial por desempleo 480 euros que cobran aquellos que han perdido la prestación por desempleo.
Tal y como detalla este medio, el grupo que se vería beneficiado son los menores de 45 años, que además no cuenten con cargas familiares y que hayan terminado de recibir la prestación por desempleo. Se estima que en total serían 152.000 personas las que disfrutarán de esta medida, que hasta ahora no figuraban en ella. Con esto se intenta que la cobertura alcance al millón de personas, teniendo en cuenta que actualmente llega a 800.000.
Además, el documento también incluye otras medidas que entrarían en vigor cuando se apruebe esta reforma. Diferentes puntos que pretenden agilizar los trámites y reducir el tiempo de espera.
- Reducir los tiempos para ingresar esta ayuda. Hasta ahora desde que se solicitaba la prestación hasta que era ingresada en la cuenta dl beneficiario pasaba un mes. Ese periodo queda anulado y se pretende que llegue a la cuenta desde el momento en el que se presenta la solicitud.
- Cambio en el periodo de revisión. Fijar cada tres meses la revisión de esta ayuda.
- Que sea compatible con un trabajo. Esta medida está pensada principalmente para aquellos puestos temporales o inestables.
Esta nueva prestación se suma a los subsidios con los que ya cuenta el SEPE para las personas que han dejado de cobrar el paro y no encuentran trabajo:
- Subsidio por desempleo con reponsabilidades familiares.
- Subsidio para mayores de 45 años. Pueden acceder las personas trabajadoras que han agotado la prestación contributiva, tienen 45 años o más y no tienen responsabilidades familiares a su cargo.
- Subsidio para mayores de 52 años.
- Renta activa de inserción (RAI). Para las personas que siguen en paro y no tienen derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo, pueden cobrar la renta activa de inserción (RAI). Para pedir esta ayuda deben tener menos de 65 años.
- Subsidio extraordinario por desempleo.
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