Lodos y suciedad en la orilla del Mar Menor, en una foto de archivo. j.m. rodríguez / agm

El TSJ obliga a la Comunidad a sancionar a ocho firmas por sus vertidos al Mar Menor

El Ejecutivo sostenía que la competencia para perseguir esa contaminación era de la CHS, pero la Sala le insta a adoptar medidas

Jueves, 10 de marzo 2022

La justicia obliga finalmente a la Consejería de Medio Ambiente a abrir expedientes de responsabilidad medioambiental a ocho empresas del sector agrícola por los daños causados al Mar Menor con sus vertidos. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha estimado la demanda presentada por la Fiscalía e insta al órgano competente del Ejecutivo regional a tomar medidas contra estas firmas «con adopción, en su caso, de las medidas provisionales y/o resolución definitiva que proceda».

Publicidad

El Ministerio Público acudió a los tribunales después de que la Consejería hiciese caso omiso del requerimiento que se le hizo desde este organismo. En él le instaba a expedientar a esas ocho mercantiles por la emisión de vertidos contaminantes, procedentes de sus desalinizadoras ilegales en el Campo de Cartagena y que acabaron desembocando en la laguna y afectando a su estado ambiental.

Un año después de esa petición, la Comunidad no solo no había iniciado tales expedientes para exigir el pago de responsabilidades pecuniarias por los daños provocados a ese ecosistema marino –en aplicación del principio legal «quien contamina paga»–, sino que se descolgó con un informe en el que sostenía que la administración competente para actuar era la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS).

El recurso está identificado

La Fiscalía acudió entonces a la jurisdicción contencioso administrativa y la Comunidad se opuso al recurso, al entender que no era competente debido a que las atribuciones vienen marcadas por el recurso concreto que se ve dañado y la responsabilidad de cada administración sobre él. Para centrar el debate, la Sala aclara que «el recurso natural afectado está claramente identificado, es decir, es el Mar Menor».

Entiende así el tribunal que «la exigencia de responsabilidad ambiental no se hace por daños al dominio público hidráulico, sino al Mar Menor, y es independiente de los procedimientos sancionadores que la CHS inicie. (...) Por tanto, la atribución de competencia a la Administración del Estado y, concretamente, a la CHS carece de fundamento legal alguno».

Publicidad

Los magistrados concluyen que «la cuestión se centra en la responsabilidad medioambiental por vertidos al Mar Menor, por lo que la competencia para exigirla es de la Comunidad». La resolución, además, destaca como hecho notorio «el grave estado de deterioro que presenta el Mar Menor».

Desde la Consejería de Medio Ambiente se dejó constancia ayer de que «se acata la sentencia y se iniciarán a la mayor brevedad los expedientes de responsabilidad medioambiental contra esas ocho empresas y personas físicas».

Publicidad

Además, resaltó que, si en su día defendió que la Comunidad no tenía competencia, se debió, exclusivamente, a un cambio de criterio, «sin justificar ni motivar», por parte del instructor de las actuaciones previas, José Antonio Martínez Díez de Revenga. Según la explicación oficial, en un primer momento este funcionario defendió la competencia, para luego señalar lo contrario. «La Comunidad tuvo que acatar el cambio de criterio para no incurrir en prevaricación», se afirma en el comunicado.

Martínez se puso en contacto con LA VERDAD para aclarar que «mi cambio de parecer se produjo cuando, tras varios meses de tramitación, los servicios técnicos de la Dirección General emitieron un informe en el que sostenían, de forma razonada y con sólidos argumentos a mi juicio, que la competente era la Confederación Hidrográfica. Es en ese momento en el que propuse al director general el archivo de las actuaciones previas, y la remisión de todo lo actuado al Organismo de Cuenca».

Publicidad

También recalcó que «la decisión de archivo, aunque propuesta por mí, es de la absoluta responsabilidad del director general de Medio Ambiente que puede seguirla, rechazarla o modificarla recabando nuevos informes» y que «desde que fui nombrado instructor comuniqué verbalmente al director general que estos procedimientos por ser los primeros que en esta materia se tramitaban en la Región de Murcia y por su enorme complejidad técnica, precisaba un apoyo ya fuera interno o externo de especialistas en diversas disciplinas y conocimientos. Dichos medios en ningún momento se pusieron a mi disposición». Según explica, «hasta en tres ocasiones comuniqué oficialmente que es imposible iniciar si quiera estos procedimientos sin que por los servicios técnicos de la Dirección General se determinaran que concurrían los presupuestos legales exigidos».

Este contenido es exclusivo para suscriptores

El mundo cambia, LA VERDAD permanece: 3 meses x 0,99€

Publicidad