El Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a las personas con una situación económica vulnerable. LV

Estas son las causas por las que te pueden quitar el Ingreso Mínimo Vital

Los beneficiarios deben cumplir con unas obligaciones mientras perciben la prestación para seguir cobrando esta ayuda

Martes, 12 de julio 2022, 08:39

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación que va dirigida a las personas que se encuentren en una situación económica vulnerable que les impide tener acceso a los recursos económicos básicos. Una ayuda que surge con el objetivo de prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social, y que cuenta con un complemento a la infancia en caso de tener hijos menores de edad a cargo. Los beneficiarios de esta prestación deben cumplir con una serie de requisitos en cuanto a sus ingresos económicos. Para saber si tienes derecho a esta prestación la Seguridad Social facilita un simulador online.

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Sin embargo, no solo deben reunir unas determinadas condiciones en el momento de la solicitud del Ingreso Mínimo Vital, también deben cumplir con una serie de obligaciones mientras perciben la prestación ya que sino la perderán. Existen varias razones por las que te pueden quitar el Ingreso Mínimo Vital. Estas son los causas por las que la Seguridad Social suspende los pagos.

Causas por la que pueden suspender la prestación

- No cumples de forma temporal con alguno de los requisitos exigidos para su reconocimiento.

- Incumplimiento temporal por parte de la persona beneficiaria, del titular o de algún miembro de su unidad de convivencia de las obligaciones a las que están sujetas durante el tiempo de percepción de la prestación.

- Cautelarmente en caso de indicios de incumplimiento por parte de la persona beneficiaria, del titular o de algún miembro de su unidad de convivencia de los requisitos establecidos o las obligaciones asumidas al acceder a la prestación, cuando así se resuelva por parte de la entidad gestora.

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- Traslado al extranjero por un periodo continuado o no superior a 90 días naturales al año, sin haber comunicado a la entidad gestora con antelación el mismo ni estar debidamente justificado. La suspensión será una decisión cautelar.

- Cautelarmente, en caso de que en el plazo previsto no se hubiera recibido comunicación sobre el mantenimiento o variación de los certificados expedidos por los servicios sociales o por entidades del tercer sector de acción social inscritas en el registro de mediadores sociales del IMV, en los casos expresamente previstos.

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- Incumplimiento de las condiciones asociadas a la compatibilidad del Ingreso Mínimo Vital con rentas de trabajo o actividad económica por cuenta propia.

- Cualquier otra causa que se determine reglamentariamente.

Razones para perder definitivamente el IMV

- Fallecimiento de la persona titular.

- Pérdida definitiva de alguno de los requisitos exigidos para el mantenimiento de la prestación.

- Resolución recaída en un procedimiento sancionador que así lo determine.

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- Salida del territorio nacional sin comunicación ni justificación a la entidad gestora durante un periodo, continuado o no, superior a 90 días naturales al año.

- Renuncia del derecho.

- Suspensión de la prestación por tiempo superior a un año.

- Incumplimiento reiterado de las condiciones asociadas a la compatibilidad del ingreso mínimo vital con las rentas del trabajo o la actividad económica por cuenta propia.

- Cualquier otra causa que se determine reglamentariamente.

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