María José Timoteo
Martes, 14 de diciembre 2021, 13:57
El Ministerio de Inclusión Seguridad Social y Migraciones de España hace un llamamiento desde sus redes sociales para aquellos que deseen solicitar un complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Este complemento va dirigido especialmente a las mujeres que han sufrido un mayor impacto en su vida laboral al tener un hijo, pero también pueden solicitarlo los padres siempre y cuando se hayan visto perjudicados durante su carrera laboral. Desde el Ministerio explican cómo se debe pedir el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones.
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Se trata de un complemento que solo puede darse a uno de los dos progenitores. En el caso de que ninguno de los pradres se haya visto afectado por periodos sin cotizar o por reducciones de trabajo, el complemento se adjudicará a la madre. En el caso de ser dos mujeres, se adjudicará a la que tenga la pensión con un importe más bajo.
Aquellos ciudadanos que quieran solicitarlo deben concurrir alguno de estos requisitos:
Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos en común, siempre que alguno tenga derecho a recibir pensión de orfandad.
Causar una pensión de jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, con determinadas condiciones relacionadas con la cotización.
Si eres de los que está interesado en solicitar este complemento para reducir la brecha de género en las pensiones debes seguir una serie de pasos. Lo primero es tramitar este complemento junto con la solicitud de la pensión en el INSS. Se puede solicitar este complemento en la sede electrónica de la Seguridad Social, con certificado digital y dni electrónico. También se puede solicitar desde el formulario habilitado en la sede electrónica, adjuntando el modelo de solicitud de su pensión y la documentación necesaria, sin necesidad de certificado electrónico.
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El importe será de una cuantía fija de 378 euros al año, por hijo, hasta un máximo de 4 hijos. Una mujer que tenga un hijo contará con 27 euros al mes más en su pensión; con dos hijos, tendrá 54 euros más al mes, etc. Esta cuantía se abonará en 14 pagas.
Este complemento se irá actualizando de acuerdo con la revalorización de las pensiones. Está destinado a las pensiones contributivas, de incapacidad permanente, de viudedad o jubilación (anticipada o no), reconocidas a partir del 4 de febrero de 2021, pero no para la jubilación parcial, si se tendrá derecho al complemento cuando desde la jubilación parcial se acceda a la jubilación plena una vez cumplida la edad que en cada caso corresponda.
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Para poder pedir este complemento es necesario solicitar una pensión de cualquier modalidad, salvo la jubilación parcial. Es decir, el complemento se sumará a las pensiones de jubilación, ordinaria y anticipada, incapacidad permanente y viudedad. Los complementos que pudieran ser reconocidos en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social serán incompatibles entre sí. Se abonará en el régimen en el que el causante de la pensión tenga más periodos de alta. Los hijos nacidos con vida o adoptados tendrán que estar inscritos en el Registro Civil.
Un hombre que desee solicitar este complemento, en el supuesto de hijos nacidos en 31 de diciembre de 1994, debe tener más de 120 días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a dicha fecha, para cumplir los requisitos y tener derecho al reconocimiento de esta asignación.
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¿Durante cuánto tiempo se pagará este complemento? Este complemento económico se vincula a la consecución del objetivo de reducir la brecha de género en las pensiones contributivas de jubilación por debajo del 5%.
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