Las personas que reciben la prestación por desempleo deben recordar que cada cierto tiempo deben renovar esta demanda de empleo o como se conoce 'sellar el paro'. La renovación de la demanda de empleo depende de las comunidades autónomas, excepto en el caso de Ceuta y Melilla que dependen del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Publicidad
Antes era necesario presentarse en la oficina en la fecha indicada para la renovación, donde se sellaba físicamente esta renovación. Actualmente, en prácticamente todas las comunidades autónomas permiten realizar este trámite a través de internet, de una forma segura, durante las 24 horas que comprenden el día de la renovación y sin tener que desplazarse hasta la oficina de empleo.
Más noticias
Según el SEPE, puedes solicitar una prestación por desempleo a través de internet siempre que dispongas de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve. Cuando te inscribas como demandante de empleo, recibirás una cartilla, conocida como Documento Acreditativo de Renovación de la Demanda (DARDE), en la que se indican las fechas de las siguientes renovaciones. Una vez inscrito como demandante de empleo, recibirás esta cartilla, en la que se especificarán las fechas de las renovaciones. Para acceder a la renovación por internet, dependiendo de los servicios de empleo de cada comunidad, te proporcionarán un usuario y contraseña.
Para saber el día que tienes que sellar el paro solo tienes que consultar en tu cartilla. El día de la renovación solo tendrás que acceder al servicio de empleo con tu usuario y contraseña y realizar la renovación. No olvides imprimir o descargar el PDF con el mensaje de confirmación de la renovación donde se especificará la fecha y la hora de la renovación, y guardar este documento en el caso de que te lo pidan con posterioridad para alguna aclaración.
No olvides que es obligatorio renovar la demanda de empleo para recibir los servicios asociados a ésta o percibir la prestación si tienes derecho a ella. Si no vuelves a renovarla podrás perder tu prestación.
Publicidad
- Si no vuelves a renovar tu demanda de empleo una segunda vez podrás perder tres meses de prestación.
- En caso de que se repita por tercera vez podrás perder seis meses.
- Si ocurre por cuarta vez, perderás tu prestación.
En estos casos de reincidencia no es necesario que el incumplimiento sea siempre del mismo tipo. Por lo que se aplicará esta escala a partir de la primera infracción, cuando entre una infracción leve y la anterior no hayan transcurrido más de 365 días.
Infórmate con LA VERDAD: 1 año x 29,95€
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.