Desde el 19 de noviembre está abierto el plazo de inscripción a la oposiciones a Policía Nacional, que termina el próximo 13 de diciembre. La convocatoria de Escala Básica y Ejecutiva de 2022 cambia su procedimiento y los candidatos solo podrán hacer este trámite a través de internet. Esta no será la única novedad, ya que han anunciado que cambian dos de sus requisitos médicos para optar a una plaza.
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A través de Twitter han notificado a los opositores que se han modificado las Bases de la convocatoria del proceso de ingreso a la Escala Básica de la Policía Nacional. En mayo se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional. Como se indica en el documento, para participar en los procesos selectivos los aspirantes deben cumplir una serie de requisitos como «no hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional».
Este cuadro médico de exclusiones fue revisado y actualizado el año pasado para suprimir total o parcialmente alguna otra causa de discriminación diferente a «las referidas expresamente (VIH, diabetes, enfermedad celiaca, psoriasis), desapareciendo, consecuentemente diagnósticos como la diabetes y la psoriasis, así como otras patologías como la úlcera gastroduodenal, el asma bronquial y la jaqueca, y se han definido con mayor precisión patologías que anteriormente se especificaban de forma muy genérica, como hemopatías y malformaciones congénitas». Respecto a estas condiciones físicas el Supremo anuló este año por discriminatoria la altura mínima para las mujeres.
Ahora, dos de estos requisitos para las oposiciones a Policía Nacional recogidos en el Real Decreto se han eliminado. Concretamente se han suspendido cautelarmente, atendiendo a la medida acordada por el auto de 28 de septiembre de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, la exclusión por cuerpos extraños intraoculares y la no admisión de lentes fáquicas. De modo que estos dos puntos del apartado I referente al aparato de la visión no se aplicarán en esta convocatoria.
Estos cambios afectan al plazo de inscripción que volverá a abrirse a partir del primer día hábil siguiente a la publicación de la enmienda en el Boletín Oficial del Estado. Sin embargo, como señalan desde el Portal del Aspirante todas las instancias tramitadas hasta el momento serán válidas, y no tendrás que volver a registrarte.
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