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Una madre sostiene en brazos a su bebé. Fotolia
Qué madres pueden deducirse 150 euros más por la renta crianza

Qué madres pueden deducirse 150 euros más por la renta crianza

Esta ayuda puede pedirse como un bono anticipado o aplicarse como una deducción en la declaración de la renta

Lunes, 22 de mayo 2023, 08:48

La ampliación de la renta crianza de 100 euros por hijo a nuevas beneficiarias es una de las novedades que traen las ayudas para padres en 2023. La deducción por maternidad que solo la podían pedir las madres trabajadoras también podrán solicitarla si están en paro o tienen un empleo a tiempo parcial. En algunos casos también los hombres pueden acogerse a la ayuda.

Por tanto, desde 2023 pueden pedir la renta crianza o deducción por maternidad las mujeres con hijos menores de 3 años que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

-Que perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo en el momento del nacimiento .

-Estar dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad cuando nace el niño estén dadas de alta.

-Que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados en cualquier momento posterior al nacimiento.

-Ambos progenitores si son del mismo sexo (dos varones adoptantes, dos mujeres, una madre biológica y otra adoptante o dos madres adoptantes).

-El padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre.

-El padre o tutor cuando la guarda y custodia se le atribuya de forma exclusiva.

La renta crianza es una deducción de la cuota diferencial que puedes aplicar en la declaración de la renta y el importe incrementado, por gastos de guardería o en centros de educación infantil. Se hace efectiva en el momento que presentas la declaración de IRPF. Pero hay otra forma de beneficiarse de esta ayuda: pedir un bono anticipado de 1.200 euros anuales. Si eliges esta forma de pago, no podrás minorar el importe de la deducción de la cuota diferencial que resulte de tu declaración de IRPF, pero la Agencia Tributaria advierte de que debes declararlo.

La deducción se calculará de forma proporcional al número de meses del periodo impositivo posteriores al momento en el que cumplas los requisitos. En este caso tienes la posibilidad de deducirte 150 euros más. Concretamente, Hacienda explica que las madres que tengan derecho a la deducción por haberse dado de alta en la Seguridad Social o mutualidad con posterioridad al nacimiento, en el mes en que alcancen el periodo mínimo cotizado de 30 días la cuantía de la deducción correspondiente a ese mes se incrementará en 150 euros.

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