Los contribuyentes que estén obligados a presentar la declaración de la renta en 2023 deben preparar toda la documentación necesaria antes de realizar este trámite a través de internet, por teléfono o presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria. Para evitar pagar recargos y sanciones es crucial que tomes nota de todas las fechas clave. Aunque desde casa podrás corregir fallos una vez presentada la declaración anual, hay otros errores que no podrán ser subsanados y te harán pagar de más en tu factura fiscal.
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La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha alertado de los cinco errores fiscales que los usuarios pueden evitar si no quieren pagar de más en la próxima declaración de la renta. La organización aconseja qué debes hacer para que no se incremente tu factura fiscal.
La normativa no establece ningún límite temporal al cobro del plan de pensiones, de manera que el consumidor puede decidir cuándo cobrarlo y cómo cobrarlo (de una vez, a plazos, o mezclando ambas opciones).
La OCU advierte de que no reflexionar bien esta decisión puede incrementar la cuota a pagar, ya que el dinero que se recibe por el rescate de un plan hay que sumarlo al resto de ingresos, y por tanto implica pagar más en el IRPF ya que el tipo aplicable también será más alto. Para evitar que esto suceda, recomiendan esperar al menos hasta el año siguiente, ya que, aunque se cobre la pensión máxima, los ingresos del pensionista serán menores y el tipo impositivo que le apliquen, también será menor.
Cuantos mayores sean los ingresos anuales, mayor será el tipo marginal que se ha de pagar en la declaración, de manera que, esperar al menos hasta el año siguiente al de la jubilación para cobrar un plan de pensiones es el primer paso en la dirección correcta, según la OCU. En todo caso, acumular ingresos en el mismo año, supone aumentar innecesariamente la factura fiscal. Aconsejan que siempre que sea posible se dilaten en el tiempo tales ingresos.
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La OCU indica que, al comenzar cada año, debes comprobar qué pérdidas declaraste hace cuatro ejercicios y cuáles son las que quedan pendientes, con el objetivo de aprovechar cada año, con las operaciones que se realicen, el último ejercicio en que puedan ser compensadas.
La norma establece que en primer lugar se compensan las pérdidas con las ganancias obtenidas en el mismo año, y solo si sobran ganancias se pueden compensar las pérdidas de años anteriores. Así, la OCU aconseja no generar más pérdidas de las que se pueden compensar, ya que solo se conseguirá acumular pérdidas y caducar las de ejercicios anteriores.
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A efectos del IRPF, el donante debe incluir la ganancia obtenida en su declaración, por la diferencia entre el precio de adquisición del bien y el valor que tiene en el momento de la donación. Sin embargo, si se trata de una inversión que ha caído de valor, la normativa de IRPF no permite declarar pérdidas patrimoniales generadas como consecuencia de una donación. Una consecuencia que la OCU califica como «una clara injusticia por la desigualdad de trato que representa».
Por tanto, en estos casos, la OCU explica que la mejor opción desde el punto de vista fiscal es vender primero y donar el dinero después. De esta manera, el donante podrá declarar en el IRPF las pérdidas generadas y podrá compensarlas con otras ganancias obtenidas durante ese año o si no tiene ganancias, podrá hacerlo durante los cuatro ejercicios siguientes.
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