La campaña de la Declaración de la Renta llega a su fin. Este jueves 30 de junio finaliza el plazo de presentación del borrador del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Los contribuyentes que no lo hayan hecho hasta el momento tienen su última oportunidad para poner al día sus cuentas con Hacienda.
Publicidad
El 29 de junio fue el último día para poder solicitar cita previa para proceder a su presentación. En el caso de las personas cuyo resultado les saliera a ingresar, y que desearan domiciliar el pago, este plazo terminó un poco antes, el 27 de junio. El resto, puede hacerlo hasta hoy a través de Internet.
Si eres de esas personas que lo deja todo para el último momento, has tenido alguna incidencia técnica o tecnológica, o se te ha pasado por completo presentar la Declaración de la Renta, tienes una última oportunidad para hacerlo. La Agencia Tributaria permite presentar el ejercicio fiscal correspondiente al año 2021 fuera de plazo. Sin embargo, esto conlleva una sanción por parte de Hacienda.
De igual modo, no presentar la Renta puede incurrir en importantes multas, aunque existen casos en los que no es obligatorio presentarla.
Tando desde la Agencia Tributaria como desde la Organización de Consumidores y Usuarios recomiendan respetar los plazos y no dejarlo todo para el último día, ya que presentar la declaración fuera de las fechas previstas se traducirá en sanciones, en el caso de las declaraciones a devolver, o recargos, en las declaraciones a ingresar.
La Declaración de la Renta es un trámite que los contribuyentes están obligados a realizar cada año para regularizar su situación con la Agencia Tributaria, siempre que no superen los ingresos mínimos y que hayan residido en el país más de 183 días durante el año natural, entre otros requisitos. Este trámite puede llevarse a cabo de manera presencial, por vía telemática o a través de Internet.
Publicidad
La presentación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas puede salir a pagar o a devolver. En el caso de que las retenciones hayan sido superiores a la cuota que se deba pagar, Hacienda devolverá la diferencia. Mientras que si estas retenciones son insuficientes al total de impuestos que se deben pagar, te tocará pagarle a la Agencia Tributaria la diferencia.
Hacienda comenzó a realizar las devoluciones 48 horas después de que arrancara la campaña, hace tres meses, el pasado 6 de abril, y podrá seguir haciéndolo hasta el 30 de diciembre, un día antes del final del año. Si tu resultado es a devolver, podrás recibir el dinero un plazo aproximado de dos semanas. En el caso de que este haya sido a ingresar, presentar la Renta con un antelación no supone tener que adelantar el pago.
Infórmate con LA VERDAD: 1 año x 29,95€
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.