Ana de Dios
Martes, 2 de enero 2024
El ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy, anunció recientemente que tiene previsto realizar ciertos cambios en el permiso de cuidado de los hijos. Una de estas modificaciones está relacionada con la del permiso de ocho semanas para la crianza de los hijos, que fue aprobado el pasado verano y extenderá la licencia pagada por paternidad.
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Desde 2019, el Gobierno unificó las anteriores prestaciones por maternidad y paternidad en la denominada prestación por nacimiento y cuidado de menor. Esta ayuda cubre a madres y padres gastos producidos por el nacimiento, adopción, acogimiento o guarda con fines de adopción de menores de seis años. En 2021 la duración de este permiso se igualó para los dos progenitores, alcanzando un periodo de 16 semanas.
Cada padre y madre dispondrá de hasta ocho semanas libres para la crianza de los hijos, a utilizar antes de que los niños cumplan ocho años. Además, pueden escoger el periodo de diferentes maneras: al completo, por días o por semanas, tanto un progenitor como el otro. Lo que no estará permitido es que uno de ellos aglutine este permiso. Ademas, el ministro explicó que el permiso será remunerado, al menos, las cuatro primeras semanas.
La otra medida es que se extenderá la licencia pagada por paternidad de 16 a 20 semanas a todos los progenitores que tengan un hijo, lo adopten o lo acojan. Ya en 2021 se amplió este permiso a los 4 meses.
Estas medidas todavía no han sido llevadas al Consejo de Ministros ni, por lo tanto, tampoco al Congreso, por lo que la fecha exacta de entrada en vigor todavía está en el aire. Según explicó el ministro Bustinduy, la idea es que esté listo «antes del verano», por lo que se espera que entre en vigor en agosto de 2024.
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Según explica la Seguridad Social en su página web, para poder solicitar el permiso de paternidad hay dos vías, de manera 'online' y también presencial.
Solicitud on-line
Si dispones de certificado digital o usuario y contraseña en Cl@ve, podrá solicitarlo a través del portal Tu Seguridad Social (https://sede-tu.seg-social.gob.es/). También se podrá acceder a este portal desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social, pinchando sobre el acceso con certificado digital o usuario y contraseña, y en ambos casos le dirigirá al portal Tu Seguridad Social para su autenticación. Tan sólo tendrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente. Este portal le permite también realizar una simulación de esta prestación que le anticipa el importe aproximado a percibir y la duración del permiso en función de la fecha estimada del nacimiento.
Si no dispone de métodos de identificación previa, puede utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS que encontrará en este enlace.
Solicitud por correo ordinario o presencialmente
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También se puede descargar y rellenar el formulario de solicitud que encontrará aquí y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación. En este enlace podrá encontrar el listado de direcciones.
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