LA VERDAD
Lunes, 27 de febrero 2023, 18:50
El testamento es la declaración voluntaria de una persona que expresa lo que desea que se haga con sus bienes después de su fallecimiento. Este documento determina, de acuerdo con su última voluntad, quién será el propietario de los bienes de la persona fallecida. Normalmente, en el testamento se incluye a los familiares más cercanos.
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Este documento se divide en tres partes iguales: un tercio es la legítima, que se reparte entre los herederos forzosos, al igual que el tercio de mejoría, aunque en este caso podría salir más beneficiado un heredero que el resto. Y por último, la tercera parte se denomina el tercio de libre disposición, que como indica su nombre, es la parte de la herencia que el testador puede dejar a als personas que desee.
Lo que muchos ciudadanos no saben es que al heredar también se heredan las deudas de la persona fallecida. Por ejemplo, es posible heredar una vivienda con hipoteca. La situación cambia dependiendo de si hay uno o más herederos. Una vez que aceptas la herencia aceptas también este tipo de deudas. Por ello, lo primero que debes hacer es aceptar o rechazar la herencia, recuerda que si renuncias es a toda ella, no solo a la vivienda que está hipotecada. Antes de tomar esta decisión tan importante es recomendable saber el estado de la vivienda y conocer todas las deudas que pueda tener el fallecido.
Si aceptas la herencia, debes recopilar una serie de documentos para heredar el inmueble: el certificado de defunción del precursor y de últimas voluntades, el último recibo del IBI, escritura de la casa o nota simple, que habrá que entregar al notario para que pueda realizar la escritura de aceptación del inmueble. El heredero debe documentarse de todos los impuestos que tendrá que pagar, entre ellos, el más conocido es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones que depende de cada Comunidad Autónoma.
- Cuando el testador haya dejado en herencia la vivienda a más de un heredero y aún no haya terminado, la deuda se repartirá a partes iguales según corresponda.
- Si la vivienda tuviera dos titulares y uno de ellos ha fallecido, pero el otro sigue con vida, la mitad de la deuda corresponderá a ese titular, y la otra mitad se repartirá entre sus herederos.
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También hay que tener en cuenta que existen una serie de plazos que cumplir.
Una vez has aceptado la herencia y has pagado todos los impuestos, solo queda acudir al Registro de la Propiedad para proceder al cambio de la titularidad del domicilio. Para poder hacerlo, es necesario aportar la siguiente documentación, según explican en la web de la inmobiliaria Primer Grupo:
1. Documento de Identidad de todos los firmantes, vecindad civil y estado civil y domicilio actual.
2. Testamento o acta de declaración de herederos.
3. Escrituras de todos los bienes inmuebles, ya sean urbanos o rústicos que fueran propiedad o copropiedad del difunto.
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4. Datos Catastrales de los bienes inmuebles, ya sean mediante recibos de contribución o bien mediante relación de las parcelas catastrales en caso de fincas rústicas.
5. Certificados bancarios de los saldos existentes en todas las entidades donde el difunto tuviera cuentas (ya sea en positivo o en negativo) a fecha de la defunción.
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6. Justificantes fiscales. Para calcular los impuestos puede haber diversas reducciones de la base imponible. Para llevar a término estas reducciones se necesitará la aportación de la documentación complementaria para su solicitud, entre las que puedes encontrar: justificantes de los gastos de entierro, justificantes de los gastos de última enfermedad, certificado de empadronamiento del difunto, etc.
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