Los operarios contratados por Costas empezaron esta semana a colocar la nueva tarima de madera. LV

El Ayuntamiento de Orihuela prepara su recurso al Supremo para recuperar el vial en La Glea

Apelan al alto tribunal para que aclare si una ley franquista previa a la de Costas avala el uso del dominio público marítimo para infraestructuras «de interés general»

Jueves, 4 de julio 2024, 00:35

El Ayuntamiento de Orihuela se mantiene en la batalla judicial para restablecer el tráfico en la carretera que antes discurría por la desembocadura del río Nacimiento, junto la playa de La Glea en Campoamor. El equipo de gobierno ya ha presentado un escrito previo al recurso que presentarán ante el Tribunal Supremo contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

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El Ayuntamiento, según ha podido saber LA VERDAD, entiende que procede que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre algunos extremos de la aplicación de la Ley de Costas en el caso de Campoamor. El principal argumento que sostenía el Consistorio es que el residencial se construyó con todos sus viales –incluido el que transita sobre la desembocadura del río Nacimiento– en los años 60, mucho antes de la vigente normativa que rige los usos del dominio público del Estado en el litoral español.

En este sentido, los servicios jurídicos del Ayuntamiento instan al alto tribunal a que se pronuncie sobre de qué manera ha de procederse a aplicar la actual Ley de Costas sobre los denominados «centros y zonas de interés turístico nacional» creados en virtud de una ley franquista de 1963, como es el caso de Campoamor. En concreto, requieren saber si del desarrollo de estas zonas existe como efecto directo el otorgamiento de autorización para ocupar el dominio público marítimo con infraestructuras de interés general, como consideran que es la carretera objeto del litigio. También y en consecuencia, si esa posible autorización tiene caducidad o vigencia hoy.

Sentar jurisprudencia

Los letrados del Consistorio entienden que ese pronunciamiento del Supremo es imprescindible para fijar criterios en adelante, también para otros casos en los que se ocupara dominio público para infraestructuras públicas en virtud de ordenamientos urbanísticos preexistentes a la misma Ley de Costas.

También reparan en la necesidad de que se aclare el alcance material de las obras de reparación de infraestructuras de interés general sobre dominio público. La Demarcación de Costas, en este sentido, se opone frontalmente a que se restablezca la parte del vial que fue destrozada por la DANA de 2019. La sentencia del TSJCV es taxativa también respecto a la reconstrucción de cualquier vial con tráfico rodado en dominio público. «La reconstrucción del paseo desaparecido sobre la arena de la playa excede notablemente de las obras amparables en el régimen transitorio establecido, que permite que las construcciones preexistentes solo puedan ser objeto de obras menores que no impliquen un aumento del volumen, altura o superficie».

En paralelo, Costas continúa desarrollando las obras de sustitución de la carretera por una tarima peatonal de madera. En las primeras semanas, ya demolió el asfalto más superficial que sobrevivió a la DANA y, en estos momentos, están rematando la colocación de la nueva superficie. Será ahora el Supremo quien deberá decidir si esas maderas tendrán una vida útil más corta y los neumáticos vuelven a rodar de nuevo por la rambla. De que ello suceda depende que los vecinos puedan en el futuro circular otra vez con sus coches entre el norte y el sur de Campoamor con cierta fluidez.

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