La magistrada del Tribunal Constitucional Laura Díez durante su toma de posesión en enero pasado. EFE

El PP recusa a una magistrada del TC en el recurso del PSOE para revisar los votos nulos

Laura Díez, ex alto cargo de la Moncloa, podría ser apartada para resolver el fondo de la reclamación electoral este martes

Mateo Balín

Madrid

Viernes, 8 de septiembre 2023, 11:12

El PP ha pedido al Tribunal Constitucional (TC) la recusación de la magistrada Laura Díez, ex alto cargo de la Moncloa, para que se aparte de la resolución del recurso del PSOE que reclama la revisión de 30.000 votos nulos en Madrid en las elecciones del 23 de julio. Tras la negativa del Tribunal Supremo y de la Junta Electoral Central (JEC) a amparar esta petición, los socialistas acudieron al TC por posible vulneración de derechos fundamentales de participación política. La última baza para tratar de recuperar el escaño 122, perdido en favor del PP por apenas 1.200 votos en Madrid, y clave para Pedro Sánchez dependa de la abstencion de Junts, y no de su sí, para ganar la investidura.

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El escrito de recusación de los populares ya está en la Sala Segunda del Constitucional, que debe designar a un instructor del procedimiento entre los magistrados de esta sección, de mayoría progresista. Según las fuentes consultadas, el designado por turno será el conservador César Tolosa. La Fiscalía del TC y la magistrada Díez, si lo desea, tienen de plazo hasta el lunes para presentar alegaciones.

Al tratarse de un recurso electoral los plazos son taxativos. La previsión es que también este mismo lunes se resuelva la petición del PP y el martes la Sala compuesta por seis magistrados se pronuncie sobre el fondo del recurso del PSOE.

La admisión a trámite del amparo se produjo con el voto en contra de dos magistrados, el propio Tolosa y el también conservador Enrique Arnaldo, que además firmó un voto particular. Su escrito considera que al PSOE no le asiste, con la ley electoral en la mano, un «derecho general e incondicionado a la revisión de los votos nulos no protestados en el acto del escrutinio general». Arnaldo concluyó que «no ha existido en el presente caso lesión alguna de los derechos fundamentales» que alegan los recurrentes.

Trascendencia constitucional

El PSOE acudió al Constitucional después de que la Junta Provincial de Madrid y la Junta Electoral Central primero, y el Supremo después, rechazaran su pretensión de escrutar de nuevo esos votos nulos, para intentar recuperar el escaño que el PP le arrebató gracias al voto de los españoles residentes en el extranjero y del que le separan apenas un 4% del total de votos nulos registrados en Madrid.

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Para el magistrado conservador, «si no existe lesión de derechos fundamentales huelga preguntarse por la especial trascendencia constitucional del recurso de amparo», por lo que discrepó de la decisión de la mayoría: la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán, y los también progresistas María Luisa Balaguer, Ramón Sáez Valcárcel y Laura Díez, ahora recusada, que entendió que los argumentos del PSOE sí tienen esa trascendencia.

«La mera diferencia numérica en los resultados que se aduce en este caso (1.200 votos) no es base suficiente para la revisión», concluyó el Tribunal Supremo, en contra de la Fiscalía, que defendió que el recurso socialista debía estimarse.

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