Pedro Sánchez y Juan Carlos Peinado R.C.

La Fiscalía se une a la ofensiva de Sánchez y pide que se abra una causa contra el juez Peinado

El Ministerio Público reclama al TSJM que admita la demanda del presidente contra el magistrado por prevaricación al prohibirle que declarara por escrito en las diligencias contra Begoña Gómez

Miércoles, 11 de septiembre 2024, 12:38

La Fiscalía se une a la ofensiva de Pedro Sánchez contra el juez que investiga a su esposa por tráfico de influencias y corrupción y pide al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que admita su querella por «prevaricación judicial» contra Juan Carlos Peinado.

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El Ministerio Público, en esencia, considera que «no se puede descartar a priori» que el juez que ha abierto diligencias previas a Begoña Gómez efectivamente incurriera en esa supuesta prevaricación al dictar una «resolución arbitraria o injusta» cuando prohibió a Sánchez declarar por escrito en este procedimiento contra su mujer (tal y como la Ley de Enjuiciamiento Criminal, permite a las autoridades, entre ellas al jefe del Ejecutivo) sin aportar una «fundamentación jurídica razonable».

En su escrito, la Fiscalía abunda en que el juez «en momento alguno» motivó la «conveniencia y utilidad» de su decisión de vetar la declaración a distancia. Y que entre las dos modalidades de comparecencia previstas en la ley optó por aquella «que expone más a las institución que representa la persona llamada a declarar». O sea, a Sánchez.

La Fiscalía también apoya la admisión a trámite de la ampliación de querella que Sánchez hizo contra Peinado a finales de agosto, después de que el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid acordase que las partes personadas en la causa en la que investiga a Gómez pudiesen acceder al vídeo de la declaración del presidente como testigo, que tuvo lugar finalmente en el Palacio de La Moncloa el 30 de julio y en la que Sánchez, no obstante, guardó silencio al acogerse a su derecho de no testificar contra un familiar . En este punto, la acusación pública dice que debe indagarse si esa decisión de dejar que se distribuyera la grabación de ese fallido interrogatorio es solo «una interpretación de la ley basada en cánones interpretativos admitidos o, por el contrario persigue una finalidad ajena al proceso». O lo que es lo mismo, la Fiscalía apoya investigar si Peinado, con sus decisiones de tomar declaración en persona en Moncloa a Sánchez y de facilitar ese interrogatorio a las partes lo que pretendía en realidad era dañar la imagen del presidente.

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En su querella primigenia, Sánchez, a través de la Abogacía del Estado y en un movimiento sin precedentes, el pasado 30 de julio, tras acogerse en Moncloa a su derecho a no declarar contra su mujer y guardar silencio ante el instructor, demandó al juez por la «necesidad de defender la institución que representa la Presidencia del Gobierno» frente a la «arbitrariedad» de Peinado.

Cargo de presidente

La demanda que firmaba la letrada del Estado Zaida Isabel Fernández Toro, veía una clara prevaricación en la actuación de Peinado en su empeño por interrogar en persona a toda costa al presidente, incluso a sabiendas de que no podía hacerlo una vez que él había manifestado su intención de limitarse a responder un cuestionario, tal y como le ampararía la Ley de Enjuiciamiento Criminal por tratase de hechos que no son ajenos al cargo que actualmente ostenta Sánchez (el supuesto tráfico de influencias se habría cometido haciendo uso de su ascendente como autoridad). Los servicios jurídicos del Estado entendían que Peinado ha «violentado sin motivación posible» la ley para intentar interrogar en persona al presidente con «una finalidad extraprocesal».

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«Hay múltiples elementos que hacen evidente que la toma de declaración practicada contraviene la normativa que la regula (Ley de Enjuiciamiento Criminal), despojando a quien ostenta, la Presidencia de uno de los poderes del Estado, de las garantías que le ofrece la Ley de Enjuiciamiento Criminal desde 1882, sin explicación alternativa manifestada o manifestable», zanjaba la querella.

Aunque la querella, posteriormente ampliada el 31 de agosto, enumeraba diversas resoluciones que Sánchez consideraba injustas o de dudosa motivación, el eje de la demanda con la que el jefe del Ejecutivo pretende el apartamiento de la carrera judicial de este magistrado –la prevaricación está castigada con hasta 15 años de inhabilitación– era esa negativa del instructor a dejarle declarar por escrito.

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Ahora, la Fiscalía no cree suficiente la argumentación que usó Peinado para denegarle el derecho a declarar por escrito. El juez sostuvo que, según el artículo 412 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, estaba facultado para tomarle declaración en Moncloa o en su despacho oficial al tratarse de hechos de los que no había tenido conocimiento por su cargo. Esgrimió el magistrado que solo le iba a cuestionar como esposo de Begoña Gómez y por las actividades de su cónyuge, algo que –apuntaba la Abogacía en su escrito– no tiene sentido cuando la acusación es el tráfico de influencias, una figura que solo se puede cometer por alguien haciendo uso de su autoridad.

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