Un jurado popular juzga en la Audiencia Provincial de Murcia a Fernando S.V. que fue considerado culpable de la muerte a cuchilladas de su madre. :: GUILLERMO CARRIÓN
REGIÓN MURCIA

Juicio al jurado popular

Desde 1995, el TSJ ha echado para atrás 3 de las 46 sentencias dictadas por ciudadanos de la calle Uno de los casos más polémicos es el del policía local de Ceutí: El TSJ ha respaldado al jurado y la Fiscalía ha vuelto a recurrir, esta vez al Supremo

ALICIA NEGRE

Lunes, 5 de julio 2010, 10:08

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Nueve personas de la calle. Nueve hombres y mujeres con un objetivo en común: decidir sobre la suerte de un prójimo. El jurado popular ha vuelto a saltar en las últimas semanas a la palestra. Su decisión de absolver a Francisco José Cano, el policía local de Ceutí acusado de matar de un tiro a un joven lituano, no dejó indiferente a nadie. Llovieron las críticas. Sin embargo, meses más tarde, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha confirmado esa polémica decisión. Esta vez, el jurado ha ganado la partida. La Fiscalía Superior de Murcia, sin embargo, no se da por vencida y recurrirá ante el Tribunal Supremo.

Desde la aprobación de la ley en 1995, la historia del jurado popular ha estado poblada de duras críticas y acérrimas defensas. ¿Es correcto que unos ciudadanos, sin formación jurídica alguna, impartan justicia? Lo cierto es que ni los expertos en Derecho Penal consiguen ponerse de acuerdo sobre este espinoso asunto. 'La Verdad' ha querido en este reportaje plantear el tema a algunos de los más afamados penalistas de la Región y también ellos se alejan en sus posturas.

«Yo, personalmente, suprimiría la institución del jurado. Aún con sus faltas, prefiero los jueces, los profesionales». El que habla es José María Caballero, director de la Cátedra de Derecho Penal de la UCAM y conocido abogado penalista. En su trayectoria profesional, Caballero se ha tenido que enfrentar a ocho juicios por jurado que, reconoce, no le fueron nada mal. No obstante, cree que la justicia habitual, la que ejercen los jueces y magistrados, ofrece más garantías al penado que la de los tribunales populares. «A los ciudadanos les afectan más sus prejuicios y son más dados a dejarse llevar por juicios paralelos», sostiene.

Críticas a la propia Ley

El problema, sin embargo, no pasa simplemente por la falta de formación y la supuesta maleabilidad de los jurados populares. Según Caballero, la propia Ley del Jurado ya arrastra, en sus procedimientos, varias deficiencias. «Resulta políticamente incorrecto decirlo, pero tanto la ley como la institución deberían suprimirse», concluye.

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En una postura totalmente opuesta se encuentra el abogado José Luis Mazón -famoso, entre otras cosas, por su demanda para retirar el Cristo de Monteagudo- que se declara totalmente 'jurista'. «El jurado popular tiene sus puntos oscuros, pero la justicia profesional también los tiene», advierte. «Prefiero, con mucho, el jurado». Este abogado argumenta que para impartir justicia sólo es necesario el sentido común y que, por lo tanto, cualquier ciudadano con dos dedos de frente es apto para ejercer de jurado. «Para decidir si alguien intentó matar o no a otra persona sólo hace falta cierto sentido común», recalca.

Mazón reclama, además, un jurado 'al estilo americano', esto es, que sus decisiones no puedan ser revocadas por los juzgados. «En España se está produciendo un falseamiento de la institución del jurado», denuncia. «Al final son los jueces profesionales los que acaban decidiendo». Este letrado explica que los penados deberían tener derecho a un segundo juicio por jurado, en el caso de que en el primer juicio se haya producido algún error, pero que debería ser la justicia popular la que dijese la última palabra.

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En este punto, curiosamente, coinciden ambos letrados. «Lo cierto es que las reglas del juego tendrían que ser estar a lo que el jurado esté», recalca Caballero. «Ahora es al final el Tribunal Supremo el que acaba decidiendo».

Mirando los números, el tribunal del jurado ha gozado de cierto éxito en la Región. Desde que los tribunales populares murcianos comenzaron a impartir justicia el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) sólo ha echado para atrás tres asuntos. Tres de los 46 casos que han quedado en manos de los ciudadanos. Supone algo más de un 6,5%.

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Daniel Peña fue una de las primeras personas en la Región en enfrentarse a un juicio por jurado y, a la vez, el primero en ver como el veredicto popular que había caído sobre él se revocaba. Este veinteañero, residente en Torre Pacheco, fue condenado en 1998 a 17 años de prisión por degollar a un vecino de la localidad para robarle. En febrero de 1999, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ordenaba repetir el juicio al considerar que el jurado no había razonado los motivos por los que condenaba a Daniel. En mayo de 2001, se celebró el segundo juicio contra este joven y el resultado fue totalmente distinto. Pese a la acusación del Ministerio Fiscal, los nueve integrantes del jurado estimaron que no había pruebas contra Daniel y le absolvieron.

El segundo juicio por jurado popular que tuvo que ser repetido se produjo en el año 2.000. El TSJ anuló la sentencia que condenaba a un ciudadano magrebí a ocho años de prisión por un delito de homicidio al considerar que existía una contradicción entre el contenido de una pregunta formulada por la acusación y otra de la defensa y que, pese a ello, ambos hechos fueron declarados probados por unanimidad en el jurado. El tribunal popular declaró probado que el acusado, «aunque no tuviese intención directa de matar, no eludió este resultado en su mente» y, al mismo tiempo, también dio por probado que «la agresión fue sin intención ninguna, ni directa, ni por representación mental, del posible resultado de causar la muerte». Cuestiones difíciles de encajar.

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En febrero del pasado año, el Tribunal Supremo echó para atrás otro veredicto popular. El Alto Tribunal obligaba a repetir el juicio en el que un vecino de la localidad alicantina de Monóvar resultó absuelto de un delito de omisión del deber de socorro del que se le había acusado tras dejar abandonado a un anciano accidentado en una jornada de caza en un coto yeclano al disparársele la escopeta.

De nuevo las contradicciones del jurado se convertían en un problema. El Alto Tribunal estimó que era incongruente que el tribunal popular ratificase que existían unas lesiones importantes en un brazo del cazador, con pérdida incluso de masa corporal y que, a la vez, indicase que no existían pruebas de que tales lesiones fueran percibidas por el acusado, José María D. S. En octubre, otro jurado estudiaba de nuevo el caso de este alicantino ofreciendo la solución contraria. ¿Veredicto? Culpable.

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