La Verdad
Murcia
Jueves, 9 de diciembre 2021, 15:20
El Tribunal Superior de Justicia de la Región decidió este jueves levantar la medida cautelar impuesta sobre el acto de apertura del tercer sobre del concurso para la adjudicación de la televisión autonómica 7TV, que fue solicitada por uno de los licitadores, según aseguraron fuentes de la Comunidad.
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El auto indica «que debe alzarse la medida pues no concurren los requisitos legales y jurisprudenciales que justifican su mantenimiento». «No podemos obviar sobre esta cuestión que ninguno de los demás licitadores haya hecho impugnación alguna de los actos administrativos relativos al nombramiento de los miembros del Comité de Expertos», destaca.
«Tras examinar las alegaciones de la defensa de la Comunidad Autónoma, apreciamos que si se mantiene la suspensión se producirían evidentes perjuicios tanto para interés general de la ciudadanía como para el interés del resto de entidades licitadoras», añade el TSJ.
El razonamiento jurídico del TSJ en el auto también apunta que «debe celebrarse el acto público de apertura del sobre nº 3 de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares». «Como sostiene la defensa de la Administración, la paralización del procedimiento implica un grave perjuicio a los intereses generales y para el resto de los licitadores que han elaborado sus ofertas, y si la Administración no resuelve, están en su derecho de retirarlas (artículo 158.4 de la LCSP), lo cual impediría a la Administración obtener la oferta más ventajosa al reducirse la competencia entre los licitadores y esto redundaría en un grave perjuicio a los intereses generales», detalla el auto.
Atendiendo al escrito del TSJ, se continúa el proceso y las empresas que optan al concurso serán convocadas en la mayor brevedad posible. Desde la Comunidad defienden que «siempre se ha mantenido la salvaguarda de los principios de igualdad de trato y de oportunidades de los licitadores y el principio de transparencia de todas las fases del procedimiento».
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