El próximo 3 de marzo entrará en vigor la ordenanza que ha diseñado el Ayuntamiento de Fortuna para regular la actuación municipal en relación con la venta, dispensación, suministro de bebidas alcohólicas y su consumo en espacios y vías públicas. La norma, que ha superado el preceptivo periodo de exposición pública sin recibir ninguna alegación, contempla multas de hasta 600 euros para los ciudadanos que consuman alcohol en la vía pública.
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La ordenanza tipifica esta acción como una falta leve, al igual que sucede con no colocar, en un lugar visible, el cartel de prohibición de vender alcohol a los menores de 18 años en los establecimientos que sí tengan autorización para la venta de bebidas.
De igual manera, se considera una infracción leve la venta de alcohol, por medio de máquinas automáticas, en lugares que no estén permitidos. El artículo 5 de esta normativa municipal estipula que no estará permitida la venta de bebidas alcohólicas entre las 22.00 y las 7.00 horas. Aquellos establecimientos que no cumplan con este mandato, incurrirán en una falta grave, lo que acarrea multas de hasta 1.200 euros.
De igual manera, se exponen a la misma sanción los comercios que vendan alcohol y que no cuenten con autorización para su comercialización y aquellos que vendan bebidas alcohólicas a menores de edad. La ordenanza engloba, entre otros, establecimientos dedicados a la venta de pastelería, repostería, pan, prensa, platos preparados, combustibles y carburantes.
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