La anterior concesionaria del aeropuerto regional (la antigua Aeromur) ha sufrido un nuevo revés en los tribunales perdiendo uno de los últimos recursos que tenía pendientes con el Gobierno autonómico. En este caso, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJRM) ha denegado al consorcio liderado por Sacyr los 518 millones de euros que reclamó a la Comunidad Autónoma por la liquidación del contrato.
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Esta cantidad excede con mucho el valor del aeropuerto, cifrado en unos 250 millones de euros, de los que 182 están soportados por un préstamo que están pagando las arcas públicas, que además deben costear el pago de las expropiaciones de los terrenos que correspondía originariamente a la concesionaria. El valor de mercado de las instalaciones era de 171,6 millones de euros en el año 2015, debido a su depreciación por falta de uso.
Cuando perdió la concesión por incumplimiento del contrato, Aeromur reclamó en 2019 a la Consejería de Fomento esos 518 millones de euros, incluyendo los costes, inversiones, lucro cesante e indemnizaciones. La petición fue rechazada y el consorcio recurrió al TSJRM. El grupo sufrió cambios societarios: sigue encabezado por Sacyr, que preside Manuel Manrique, sucesor de Luis del Rivero, e inicialmente contó con Cajamurcia, CAM, Cementos la Cruz, Grupo Fuertes, Grupo Monthisa e Inocsa.
Ahora, los magistrados le han dado la razón a la Comunidad, condenando a costas a los demandantes, que tienen la posibilidad de recurrir en casación. La Administración autonómica ha ganado todos los recursos sobre el aeropuerto interpuestos por la anterior concesionaria. En este caso, la Sala destaca que la resolución del contrato se debe «al incumplimiento de las obligaciones contractuales» por parte de Aeromur. Al mismo tiempo, le dirige un reproche al demandante, al considerar que «resulta sorprendente que reclame lucro cesante una mercantil que alegaba en un recurso (del año 2013) que la concesión no resultaba rentable por no generar ingresos suficientes para cubrir los gastos de operación y el servicio de la deuda». El TSJRM también le recuerda a Aeromur que la Comunidad Autónoma le otorgó un aval de 182 millones de euros, que fue ejecutado porque el consorcio empresarial no atendió el requerimiento de pago de la cantidades debidas.
Asimismo, la Sala hace constar que la exconcesionaria estaba obligada a pagar el justiprecio de las expropiaciones de los terrenos para construir el aeropuerto, pero que dicho pago tuvo que afrontarlo la Comunidad Autónoma cuando se rescindió el contrato. En este sentido, y sin prejuzgar la resolución de esta cuestión, los magistrados consideran «evidente» que «es la Administración demandada la que debe asumir el coste de los justiprecios, tanto de las cantidades ya pagadas por la misma como de las que se encuentren pendientes de pago». La demandante no es ya deudora de esas cantidades y no pueden «serle exigidas por Administración ya que es la titular del Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia, y, por tanto, de los terrenos sobre los que se asienta».
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En cuanto a la liquidación, señala la Sala que los retrasos fueron provocados por la «actitud obstruccionista» de la exconcesionaria. El tribunal insiste en que «en los presentes autos no se puede entrar a examinar cosa distinta de la resuelta por la Administración, sin que proceda analizar una a una las partidas objeto de reclamación por la actora, pues ello ya fue -o debió serlo- objeto de la liquidación.
Según se explica en la sentencia, la parte demandante alega que «la resolución del contrato constituye causa de liquidación, con independencia de la culpa o no del contratista» y, en segundo lugar, ofrece distintos argumentos para justificar la cantidad que reclama en concepto de liquidación del contrato. Los magistrados entienden que la anterior concesionaria no puede alegar retraso en el inicio del procedimiento de liquidación «cuando no mostró interés alguno en su tramitación».
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