La verdad
Jueves, 3 de junio 2021, 13:25
La Consejería de Salud ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Murcia las medidas generales y sectoriales aplicables a los diferentes sectores de actividad en atención al nivel de alerta sanitaria.
Publicidad
Una de las actividades más populares y comunes durante el verano, sobre todo en el caso de los niños y adolescentes, es la asistencia a escuelas de verano o campamentos. Estos podrán celebrarse con un máximo de ciento cincuenta participantes, divididos en grupos de quince personas Además, se deberá procurar que las actividades se desarrollen en grupos estables sin entrar en contacto con el resto.
También deberá haber turnos para el comedor, para el aseo, así como para la utilización de los espacios comunes y cualquier otro tipo de actividades, para que exista el menor contacto posible entre los miembros de los distintos grupos.
En la distribuición de las mesas, sillas y camas se deberá tener en cuenta la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.
En función del nivel de alerta sanitaria municipal existente, deberán respetarse los siguientes niveles de ocupación máxima de las zonas comunes y comedores. Si el municipio se encuentra tanto en el nivel 1 como en el nivel 2 de alerta sanitaria, se podrá tener un aforo máximo permitido en zonas comunes del 75% y del 50% en las zonas de comedor.
En el caso de una alerta sanitaria en nivel 3, el aforo máximo permitido en las zonas comunes será del 50%, mientras que en las zonas de comedor se podrá tener un aforo del 30%.
En el caso de encontrarse en el nivel de alerta 4, las autoridades sanitarias podrán suspender la actividad. En el caso de que no se cancele, los campamentos y las escuelas de verano podrán contar con un aforo máximo permitido del 50% en las zonas comunes y del 30% en las zonas de comedor.
Publicidad
Nivel de alerta 1 Bajo: Cuando, al menos dos indicadores epidemiológicos del artículo 4 o un indicador asistencial del artículo 6 estén en nivel bajo.
Nivel de alerta 2 Medio: Cuando, al menos, dos indicadores epidemiológicos del artículo 4 o al menos un indicador asistencial del artículo 6 estén en nivel medio.
Nivel de alerta 3 Alto: Cuando, al menos, dos indicadores epidemiológicos del artículo 4 o al menos un indicador asistencial del artículo 6 estén en nivel alto.
Nivel de alerta 4 Muy Alto: Cuando, al menos dos indicadores epidemiológicos del artículo 4 o al menos un indicador asistencial del artículo 6 estén en nivel muy alto o extremo.
Publicidad
El artículo 4 se refiere a los indicadores epidemiológicos que se tienen en consideración para evaluar los niveles de riesgo de un territorio como, por ejemplo, la tasa de incidencia acumulada por 100.000 habitantes a 14 días o los porcentajes de casos diagnosticados con trazabilidad.
El artículo 6 corresponde con los indicadores de utilización de servicios asistenciales por Covid-19, es decir, la ocupación de camas en planta y en UCI.
El mundo cambia, LA VERDAD permanece: 3 meses x 0,99€
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.