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Ciudad de la Justicia de Murcia, en una imagen de archivo. NACHO GARCÍA / AGM
Aumentan la pena a un condenado por intento de asesinato por «besar bruscamente» a su expareja en Los Alcázares

Aumentan la pena a un condenado por intento de asesinato por «besar bruscamente» a su expareja en Los Alcázares

El Tribunal Superior de Justicia considera probado el delito de agresión sexual, que incrementa de doce a quince años la pena impuesta por la Audiencia Provincial

Lunes, 21 de noviembre 2022, 11:40

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia añade el delito de agresión sexual a un condenado por intentar asesinar a su expareja. La Sala suma tres años a los 12 de privación de libertad impuestos por la Audiencia Provincial por el delito de asesinato en grado de tentativa, con las agravantes de parentesco y de motivación de género.

Aumenta así la pena a un total de 15 años, al entender que el acto «de inequívoco significado sexual se acumula con sustantividad propia al ataque a la vida e integridad física de la mujer como un ataque específico a la indemnidad y libertad sexual».

El acusado había sido condenado por la Audiencia Provincial a 12 años de prisión, más 10 de libertad vigilada, como autor de un delito de asesinato en grado de tentativa, concurriendo las agravantes de parentesco y de motivación por género. También se le prohibió acercarse a su expareja, así como comunicarse con ella, y se le impuso una indemnización de 224.000 euros, pero fue absuelto por delito de agresión sexual, una acusación que el Tribunal Superior de Justicia considera probada. Por este motivo, aplican el aumento de la pena.

«El relato de hechos probados describe la violencia ejercida y un acto que consideramos de inequívoco significado sexual, cual es el de besar sin consentimiento, de manera brusca y con violencia a la expareja en el cuello», explica el Tribunal. «No compartimos el criterio del tribunal a quo de considerar dicho concreto actuar como un episodio más de la agresión física homicida desplegada por el acusado, ni podemos considerarlo absorbido en ésta». «Por el contrario, el descrito acto de inequívoco significado sexual se acumula con sustantividad propia al ataque a la vida e integridad física de la mujer como un ataque específico a la indemnidad y libertad sexual de ésta», concluyen los magistrados.

El TSJ añade además la prohibición de aproximación a menos de 500 metros y de comunicación con la víctima por cinco años, así como la medida de seguridad de 5 años de libertad vigilada, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad impuesta.

La besó bruscamente mientras la sujetaba de los brazos

Los hechos ocurrieron el 1 de abril de 2021. El acusado se encontraba en las inmediaciones del domicilio de su expareja, con la que había tenido varios hijos, en la localidad de Los Alcázares y, aprovechando que ella había salido a tirar la basura, se acercó por la espalda y «de forma sorpresiva la golpeó en la parte trasera de la cabeza con un palo grueso de aproximadamente un metro de longitud».

Acto seguido, continúa la resolución, mientras la tenía inmovilizada en el suelo, sacó un cuchillo de grandes dimensiones y le dijo que «si no podía dormir con ella era el momento de matarla, realizándole dos cortes en la cara». A continuación, «comenzó a besarla de manera brusca en el cuello mientras la tenía sujeta de los brazos» y, ante la oposición de ésta, le propinó un fuerte puñetazo en la nariz que la hizo caer al suelo.

Finalmente, concluye la sentencia apelada, aunque la víctima hizo esfuerzos para evitar la agresión que estaba sufriendo, el acusado cogió de nuevo el palo «y comenzó a dar de manera reiterada golpes en la cabeza de la mujer mientras le decía continuamente te voy a matar, te voy a reventar el cráneo». La mujer quedó inconsciente, con numerosas fracturas en la cabeza, logrando, tras despertar, dirigirse con dificultad a su domicilio para pedir ayuda a uno de sus hijos.

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