La jueza descarta la expulsión del país del acusado del crimen de la turista de Singapur en Abanilla
La instructora remarca que Mitchell Ong debe ser juzgado en la Región dado que no ha instado personalmente ser trasladado a su país, donde podría afrontar pena de muerte
El Juzgado de Instrucción número 3 de Cieza ha desestimado la autorización solicitada por la Policía Nacional para expulsar del país a Mitchell Ong, el acusado de matar a la turista singapurense Audrey Fang en un bancal de Abanilla en abril del pasado año. La magistrada entiende que, tal y como sostuvo la Fiscalía, en este caso no se cumplen los requisitos dado que Ong no ha instado su expulsión -en su país podría afrontar pena de muerte en base al delito que afronta- y el sospechoso afronta penas de prisión mínimas de diez años. Esta medida sí había sido reclamada por la familia de la víctima a través del abogado Manuel Martínez, que ejerce la acusación particular.
En un escrito dirigido por la comisaría general de Extranjería y Fronteras a la instructora del caso se ponía de relieve que el sospechoso, actualmente interno de forma preventiva en el centro penitenciario de Sangonera La Verde, en Murcia, se encuentra en situación irregular en el país. Este organismo comunicaba además a la magistrada que la Delegación del Gobierno ha dictado un expediente sancionador en el que acuerda la expulsión del singapurense y le prohíbe regresar a España durante una década. Ante esta situación, la Policía reclamaba a la jueza que, en caso de darse circunstancias excepcionales, justificase la denegación de la medida, como se ha producido.
Tanto la Fiscalía como la acusación particular -que ejerce el abogado Manuel Martínez en representación de la familia de la víctima- ya han anunciado su intención de acusar a Ong de un presunto delito de asesinato. Durante la comparecencia del artículo 25 de la Ley del Jurado que celebró el juzgado el pasado febrero el Ministerio Público consideró que Ong es autor de un supuesto delito de asesinato -con una horquilla de penas entre 15 y 25 años de prisión-, tesis a la que se adhirió la acusación particular. La abogada María Jesús Ruiz de Castañeda, que asumió la defensa del sospechoso por el turno de oficio, instó, por su parte, el sobreseimiento.
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