Queda abierta la posibilidad de drenar el acuífero Cuaternario del Campo de Cartagena que vierte en el Mar Menor, y reducir así la entrada de ... nutrientes. El Gobierno de la nación estima que el Ejecutivo regional podría actuar sobre dicho acuífero por un periodo máximo de dos años, y siempre que exista una evaluación ambiental favorable para rebajar el nivel freático. Asimismo, tal posibilidad estaría supeditada a que el agua extraída no se destine a ningún uso privativo, es decir, que no revierta en el regadío del Campo de Cartagena. Ligado a esto, el Gobierno recuerda que la Comunidad debe construir la planta desnitrificadora en El Mojón para tratar las aguas de la red de drenaje perimetral del Mar Menor.
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La necesidad de contar con esta instalación, que debe construir la Consejería de Agua, Agricultura y Ganadería, hace que el tratamiento completo de drenajes siga pendiente. Su construcción está recogida en el actual plan de cuenca, vigente hasta el año 2027.
El Gobierno central, a través de la información facilitada por la Confederación Hidrográfica del Segura, ha respondido por escrito a los senadores murcianos del PP, quienes preguntaron si la Comunidad Autónoma podía extraer agua del acuífero. Se trata de una medida reclamada por parte de la comunidad científica –entre ellos los expertos Ángel Pérez Ruzafa y Emilio María Dolores–, así como por los alcaldes de la comarca. El propio Ejecutivo autonómico cree que también es necesaria, aunque aún no ha solicitado oficialmente 'pinchar' el acuífero.
Los senadores Francisco Bernabé, Antonia López Moya, Antonio Luengo y José Ramón Díez de Revenga, se dirigieron al Gobierno central a raíz de las declaraciones que hizo el secretario general del PSRM-PSOE, José Vélez, durante su intervención en el debate sobre el estado de la Región, cuando invitó al presidente López Miras a extraer agua del acuífero y destrinificarla, si este era su deseo. «Hágalo, y si le dicen que no es su competencia, allí estaré yo para apoyarle; no confundan más a la ciudadanía», manifestó el dirigente socialista.
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Ruzafa precisó que habría que rebajar el nivel del acuífero entre un metro, y metro y medio, con el fin de frenar la entrada subterránea de aguas cargadas de nitratos y fosfatos en el ecosistema lagunar. A juicio del catedrático de Ecología de la UMU, mientras no se actúe sobre el acuífero, no se podrá atajar la entrada de nutrientes y por tanto los riesgos de eutrofización en la laguna. Una parte del agua del acuífero que aflora a la superficie es canalizada por la rambla del Albujón.
Aunque la legislación lo permite, el departamento de Teresa Ribera se resiste al planteamiento de 'pinchar' el acuífero para rebajar el nivel freático y desviar los caudales por un colector hasta una planta desnitrificadora al norte del Mar Menor, para volver a reutilizarlos. A su juicio, esta propuesta no hace más que perpetuar la contaminación en la cuenca vertiente. «No merecía la pena tirar el dinero por el mismo vertedero por el que cae el agua contaminada al Mar Menor», llegó a señalar la vicepresidenta el pasado año.
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En la respuesta por escrito del Gobierno de la nación, se abre una puerta a un posible drenaje para verter al Mediterráneo, con las aguas extraídas previamente tratadas, para lo cual se precisaría de una red de drenaje. El Ejecutivo central entiende que el objetivo de la Comunidad sería únicamente el de acometer una extracción del acuífero «con la exclusiva finalidad de rebajar su nivel freático y evitando o disminuyendo con ello la entrada de aguas subterráneas de deficiente calidad del acuífero al Mar Menor».
En este sentido, recuerda que el Reglamento de Dominio Público Hidráulico regula este tipo de actuaciones, cuyo permiso debe otorgar la Confederación Hidrográfica del Segura. En todo caso, el proyecto justificativo de las obras debe acreditar la viabilidad técnica y ambiental de la actuación, así como la correcta evacuación del agua extraída del acuífero al mar, con las condiciones que determinen las administraciones competentes correspondientes, indica la respuesta del Gobierno.
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El Reglamento del Dominio Público Hidráulico señala que las solicitudes de autorización para derivaciones de agua de carácter temporal, que no pretendan un derecho al uso privativo, deberán hacer constar a la CHS todos los datos necesarios, e ir acompañados de un croquis detallado de las obras de toma y del resto de las instalaciones, y de una memoria descriptiva en la que deberá justificarse asimismo el caudal solicitado y la no afección a otros aprovechamientos preexistentes.
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