Imagen de la concentración de protesta de la Marea Verde de este martes en Murcia. Vicente Vicéns / AGM

Desestiman la petición de medidas cautelares de Aidmur por falta de garantías sanitarias

La asociación de interinos reclamaba un reconocimiento médico para determinar la necesidad de adaptar su puesto de trabajo, instar a la Consejería a garantizar la distancia mínima de 1,5 metros y garantizar la entrega de EPIS

Viernes, 4 de septiembre 2020, 13:29

El magistrado del juzgado de lo Social número 9 de Murcia ha desestimado la petición de la Asociación de Interinos Docentes de la Región de Murcia (Aidmur) de dictaminar medidas cautelares para la seguridad de los docentes ante el inicio de curso. La agrupación había reclamado imponer al entender que la Consejería de Educación no ofrecía «las mínimas garantías de seguridad sanitaria para hacer frente a la pandemia».

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En su escrito, los interinos reclamaban que se realizara una evaluación de los puestos de trabajo antes de que se iniciara la actividad, un reconocimiento médico para determinar la necesidad de adaptar su puesto de trabajo, instar a la Consejería a garantizar la distancia mínima de 1,5 metros entre alumnos en las aulas, lo que implicaba una reducción de ratios, y garantizar la entrega de EPIS y el resto de material de protección a los docentes.

La resolución, que no es firme y contra la que cabe recurso de reposición, desestima adoptar todas medidas cautelares. En su escrito, el juez recuerda que «la prestación de servicios por parte del personal educativo se ha retrasado temporalmente y está siendo objeto de supervisión exhaustiva por las Administraciones». Además, señala que no procede la adopción de las medidas, «especialmente si no se acredita la negativa de la Administración a su adopción. No consta reclamación administrativa previa ni negativa expresa de la Administración».

En cuanto a la petición de reducción de alumnos, el magistrado recalca que se trata de una medida que afecta a cuestiones relativas a la ordenación del servicio educativo, «lo que no corresponde al orden jurisdiccional social».

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