EFE
Murcia.
Martes, 26 de febrero 2019, 11:10
El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso que tres empresas conserveras presentaron contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia que, en septiembre de 2017, las condenó, como responsables civiles subsidiarias, a pagar 2,1 millones de euros en el caso del fraude en las ayudas concedidas por la Unión Europea (UE) a la transformación de cítricos en zumo.
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La sentencia de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal, a la que ha tenido acceso Efe, confirma así la responsabilidad civil fijada en la sentencia para las tres empresas apelantes, Golden Búlida, Pérez Escámez Hermanos e Hijos de Joaquín Pérez Ortega.
El tribunal de la Audiencia declaró probado que se había cometido un fraude en la percepción de las ayudas comunitarias en las campañas comprendidas entre 1994 y 1997, al declarar como transformadas en zumo mayores cantidades de cítricos que las reales.
La sentencia condenó solo a los industriales conserveros Juan P. E. y Juan Salvador P.A., tras haber retirado el fiscal y la Abogacía del Estado la acusación contra otros trece acusados, la mayor parte de ellos, funcionarios públicos y agricultores.
El primero de aquellos fue condenado a penas que sumaban catorce meses de cárcel, y el segundo, a nueve meses, por delitos contra la hacienda comunitaria, con la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada.
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