Fachada de la Audiencia Provincial. Nacho García

Condenado por amenazar a su novia con publicar sus fotos desnuda si cortaba con él

La Audiencia subraya que el procesado jugó con la parcela sexual, «particularmente sensible y doliente para el ser humano», y le impone un año y cinco meses de prisión

Martes, 4 de marzo 2025, 10:46

La Audiencia Provincial ha condenado a un hombre a un año y cinco meses de cárcel por amenazar a su novia con publicar sus fotos desnuda si ponía fin a la relación entre ambos. Según recoge la sentencia, a la que LA VERDAD ha tenido acceso, el procesado sostuvo, a preguntas de la fiscal, que eran «solo palabras». El tribunal descarta, sin embargo, que el acusado agrediese sexualmente a la mujer cuando ésta acudió a su vivienda para convencerle de que borrase las imágenes y sostiene que ésta «utilizó como estrategia pacificadora el mantenimiento de relaciones sexuales».

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Los hechos que la Sección Tercera ha tenido que dilucidar en esta resolución se remontan a mayo de 2023. Ambos habían mantenido una relación entre febrero y mayo de ese año y, según considera probado el tribunal, al término de la misma el hombre amenazó a la mujer con publicar unas fotos suyas desnuda si no continuaba con él.

La Audiencia subraya que el procesado «se aprovechó de la relación sentimental y de la confianza que le unía con la víctima para obtener las fotos personales que luego blandió contra aquella con el propósito de recuperar la relación de pareja». Los magistrados, a la hora de imponer la condena, hacen hincapié en que jugó con la «parcela sexual, particularmente sensible y doliente para el ser humano». Además de la pena de prisión, el tribunal impone al acusado una prohibición de acercarse o comunicarse con la que fue su pareja por un tiempo que exceda en un lustro a la pena de prisión impuesta.

La víctima también denunció que su exnovio la había agredido sexualmente cuando acudió a su domicilio para convencerle de que borrase las imágenes. La Audiencia, sin embargo, no considera probado que ese ataque se produjera y sostiene que las lesiones que sufrió la mujer se debieron a las prácticas sexuales que la pareja mantuvo de mutuo acuerdo. «No ha quedado acreditado que las relaciones sexuales que ambos mantuvieron (...) fueran carentes de un consentimiento válido y libre», subraya la Sala.

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