Cada vez que ocurre una tragedia como la sucedida desgraciadamente en las discotecas de Murcia surge la pregunta: ¿Cómo ha podido suceder? La respuesta ... no es sencilla, pero está claro que algo ha fallado y que debemos mejorar a todos los niveles, más allá de dirimir las responsabilidades que se deriven.

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Históricamente, los incendios con víctimas, a menudo, han provocado cambios en la normativa relacionada con la seguridad y prevención de este tipo de desastres con el objetivo de minimizar el riesgo. Sin embargo, siendo todo mejorable, la normativa actual es bastante garantista en cuanto al objetivo fundamental que es la seguridad de las personas. No olvidemos que las instalaciones de protección contra el fuego no tienen como objetivo que no se produzca un incendio sino minimizar el riesgo para que las personas que se encuentren en el edificio puedan abandonarlo sin daños en un tiempo determinado.

La reglamentación relacionada con la seguridad en este tipo de establecimientos de pública concurrencia se recoge en el Código Técnico de la Edificación y en el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios, pero también en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. No olvidemos que las instalaciones eléctricas son una de las principales causas de incendio en los edificios, provocados por sobrecargas en la instalación, por fallos en el cableado o en las protecciones, por un uso inadecuado o por falta de mantenimiento, estamos hablando de cualquier edificio, incluso viviendas. La protección contra incendios en locales de pública concurrencia es un aspecto crucial para garantizar la seguridad de las personas que visitan o trabajan en esos lugares. Estos locales incluyen teatros, cines, centros comerciales, restaurantes, bares, discotecas, estadios, hospitales, escuelas y otros lugares con gran afluencia de público y de ahí su importancia.

Por otra parte, debemos poner el foco en la tramitación administrativa necesaria para poder abrir este tipo de actividades. En primer lugar, cuando un empresario se plantea la inversión y el tipo de negocio que quiere poner en marcha, debe ponerse en manos de un profesional cualificado que domine la normativa y que tenga la habilitación profesional adecuada, hablamos de un ingeniero industrial que, por su formación y por su habilitación está capacitado para diseñar, proyectar y dirigir las obras de estas actividades. Este primer paso es fundamental y el empresario debería saber que la elección de un mal técnico que no le asesore adecuadamente le puede hacer perder dinero y tiempo. Además, no podemos olvidar la responsabilidad que asume el empresario con el cambio de paradigma que se produjo hace unos años en la tramitación administrativa, hablamos de las famosas declaraciones responsables, un documento con el cual el titular de la actividad declara bajo su responsabilidad que cumple con los requisitos necesarios para abrir su negocio. Este enfoque basado en la confianza en el empresario permite agilizar los procedimientos, reduciendo plazos, y dejando la supervisión posterior a la administración.

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De ahí la importancia de concienciar al empresario de la responsabilidad que asume y de la conveniencia de que vaya acompañado de un ingeniero industrial colegiado, ya que el papel de los Colegios Profesionales sigue siendo garantía de seguridad para las personas por nuestra participación en la elaboración de la normativa, por la supervisión y custodia de los proyectos y certificados presentados por los colegiados, por la formación especializada para mantener actualizados los conocimientos del colegiado y, en definitiva, por la vocación de servicio a la sociedad.

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