«El único responsable de la infracción es quien ha demolido». En esta frase se resume la sentencia que acaba de dictar la Sala de ... lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) sobre el derribo en 2011, por parte de la universidad privada San Antonio (UCAM), de un edificio catalogado por sus valores culturales y conocido como El Corralazo. La resolución supone un duro varapalo para esta institución docente, toda vez que viene a avalar por completo el expediente sancionador que impulsó la Dirección General de Bienes Culturales de la Comunidad Autónoma y que concluyó con la imposición de una multa de 126.000 euros y la obligación de reconstruir el inmueble demolido. Igualmente, y ello es especialmente relevante por sus nocivas repercusiones en el funcionamiento de la UCAM, respalda la medida cautelar que ha supuesto paralizar durante largos años todo el proyecto urbanístico de ampliación del campus de Los Jerónimos de Guadalupe.
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El recurso contencioso fue interpuesto por la universidad que preside José Luis Mendoza en 2016, después de que la Consejería de Cultura rechazara los intentos de que fueran revocadas la sanciones que se le habían impuesto por el derribo de El Corralazo. Este edificio protegido, en cuya fachada destacaba un escudo heráldico original, fue echado al suelo en 2011 durante los preparativos del terreno para ampliar el campus de la UCAM, en unos terrenos cedidos por el Ayuntamiento entre el Monasterio de Los Jerónimos y la autovía A-7, que enlaza Murcia y Andalucía.
La universidad privada alegó que el inmueble se encontraba en ruina y que, además, cuando la Administración autorizó reducir la cota del terreno hasta en seis metros en la zona en la que se encontraba ese edificio, estaba permitiendo con ello, de forma implícita, su demolición y posterior reconstrucción.
Igualmente, aducía que las medidas que se habían adoptado contra la institución docente eran desproporcionadas, sobre todo por suponer la paralización de todo el proyecto de ampliación del campus, con el tremendo daño que ello generaba al condicionar el futuro de la universidad.
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Tras analizar el expediente y valorar las alegaciones realizadas por los servicios jurídicos de Cultura, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJRM concluye afirmando que «la demolición se llevó a cabo por la Universidad sin autorización urbanística del Ayuntamiento y sin la previa y preceptiva autorización sectorial de la Dirección General de Bienes Culturales».
La UCAM, añade la sentencia, «no puede ampararse en el Plan Especial –de ampliación del campus– para llevar a cabo sin autorización ningún tipo de demolición de un edificio catalogado». Y añade que, si el derribo era necesario para acometer las obras, «debió ponerlo en conocimiento del Ayuntamiento y la Comunidad».
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El argumento de la UCAM de que «las administraciones competentes en materia urbanística y de protección cultural» debieron hacer «las inspecciones oportunas», resulta «inadmisible» para los integrantes de la Sala del TSJRM, pues considera injustificado ese intento de «responsabilidad de la comisión de la infracción, es decir, de su conducta infractora, a tales administraciones». Razón por la cual advierte de que «el único responsable de la infracción es quien ha demolido».
Respecto de la obligación impuesta de restituir a su estado anterior el edificio de El Corralazo, incluyendo el escudo heráldico, sostiene el tribunal que ninguna indefensión se ha causado a la universidad privada, pues ha podido alegar al respecto lo que ha estimado conveniente y ni siquiera ha acreditado que tal restitución sea imposible.
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Además de imponerle las costas del proceso, el TSJ deja constancia de que esta resolución solo es recurrible ante el Supremo si se demuestra que el asunto tiene interés casacional.
El edificio popularmente conocido como El Corralazo y que, en realidad, se denominaba Torre del Corralón, era una casa rural de 225 metros cuadrados, la mayor parte de los cuales estaban distribuidos en su planta baja, que se encontraba catalogada en el Plan General, estaba ubicada en el entorno BIC (Bien de Interés Cultural) del Monasterio de Los Jerónimos y formaba parte de los terrenos cedidos por el Ayuntamiento a la Universidad Católica para ampliar sus instalaciones. Se trataba de un inmueble catalogado por su interés cultural, con un grado de protección 3, en el que destacaba el escudo heráldico que coronaba su fachada principal. En las últimas décadas, había sufrido «algunas alteraciones en su volumetría, por añadidos desafortunados». Cuando la UCAM estaba aplanando esa finca se procedió a su demolición, sin que existiera notificación alguna a las administraciones públicas ni, por consiguiente, autorización alguna para echar el edificio abajo. Los hechos fueron denunciados en 2011 por los grupos IU-Verdes y PSOE, que acusaron al Gobierno municipal de hacer la vista gorda y exigieron la apertura de un expediente sancionador. Cultura acabó sancionando.
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