La acusación en el 'caso Café Moderno' insiste en que hay delito ambiental
El letrado Castaño ironiza con que «la existencia de licencia da lugar al efecto taumatúrgico de hacer desaparecer el tipo delictivo»
El vecino del Edificio Santa Ana del paseo de Alfonso X El Sabio, que dio lugar a la causa judicial por un presunto delito ambiental en esa zona del centro urbano de Murcia, no va a dar su brazo a torcer fácilmente. Su abogado, Melecio Castaño, ya se ha apresurado a presentar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial solicitando que se revoque el auto de sobreseimiento parcial dictado, la pasada semana, por la titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Murcia, Ana Isabel Navarro Prieto.
La magistrada exculpó a la exconcejal Ana Martínez Vidal y al jefe de servicio Enrique Huelves, además de descartar la posibilidad de actuar contra la antigua edil y hoy consejera Adela Martínez-Cachá. Entre sus razonamientos legales destacaba el hecho de que existían informes municipales que sostenían que el suelo sobre el que se asentó la terraza del Café Moderno era de uso público y no, como mantenía el denunciante, propiedad de la comunidad de propietarios del edificio Santa Ana.
Por lo que se refiere a la actuación concreta de los propietarios del citado establecimiento, la juez dejaba constancia de que durante años se habían ceñido a los términos de la licencia municipal, por lo que consideraba que en tales circunstancias había que descartar una actuación delictiva. Solo aceptaba seguir investigándolos para establecer si, más recientemente, habían ampliado la terraza por encima de las mesas autorizadas por el Ayuntamiento, en cuyo caso sí podrían haber incurrido en una actuación presuntamente delictiva.
Ahora, el letrado de la acusación particular, Melecio Castaño, ha presentado un recurso contra ese auto de exculpación parcial, al considerar que, con licencia municipal o sin ella, está perfectamente demostrado que se ha cometido un delito ambiental. «Se ha acreditado que se han sobrepasado los límites máximos (de ruido) permitidos por la ordenanza, tema por tanto no discutible, pero a pesar de ello estima que no se da el tipo legal, ni por parte del Ayuntamiento, que lo ha autorizado, ni de los dueños del local», resume el abogado. Y seguidamente se permite ironizar con esa conclusión de la juez. «La existencia de licencia municipal da lugar a que produzca el efecto taumatúrgico de hacer desaparecer el tipo delictivo».
Y añade que «nos encontramos con que los funcionarios o autoridades municipales que conceden licencias ilegales son los nuevos magos o taumaturgos, que convierten lo ilícito en perfectamente legal, desconociendo que son ellos los primeros que tienen que sujetarse a la normativa legal».
El letrado deja constancia de que la zona de Alfonso X lleva declarada «de especial protección medioambiental» desde antes de 2010, lo cual no impidió que se autorizara por parte del Consistorio la instalación de terrazas que hasta entonces no existían, y ello pese al exceso de ruidos ya existente y a las quejas vecinales.
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