López Rejas y el exalcalde Cámara, recibiendo felicitaciones de los vecinos que participaron en una marcha a favor del plan para reconstruir el barrio en 2006.

El derribo de la guardería de La Paz llevará ante la juez a Cámara y al promotor Rejas

La Audiencia revoca el sobreseimiento dictado en febrero y pide que se llame a declarar a ambos en calidad de imputados

Manuel Madrid

Viernes, 9 de octubre 2015, 00:32

El derribo de la guardería de La Paz ha terminado cayendo sobre la figura del exalcalde de Murcia, Miguel Ángel Cámara, que a la del 'caso Umbra' suma una nueva imputación a su currículum judicial. La Audiencia Provincial ha obligado al Juzgado de Instrucción nº 1 de Murcia a reabrir, por tercera vez, la investigación y a practicar nuevas diligencias, dejando sin efecto el sobreseimiento libre acordado en febrero pasado por la juez Ana Isabel Navarro tras resolver que los hechos no eran constitutivos de prevaricación administrativa. La Audiencia, en un auto del magistrado Augusto Morales Limia, ha comunicado a las partes la necesidad de que declaren como imputados tanto Cámara, al que concede una «posición aparentemente prevalente» en la operación, como el expresidente de la Asociación de Promotores Inmobiliarios de la Región, José López Rejas, gestor del plan especial para la reconstrucción de 1.502 viviendas de La Paz.

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  • 24/07/2007

  • El Ayuntamiento autoriza a López Rejas S.L. el traslado de la guardería y acuerda que pague un canon de 24.500 euros.

  • 24/10/2007

  • Aprobado el proyecto técnico básico de la demolición y autorización para el derribo.

  • 25/10/2007

  • Derribo del edificio.

  • 19/11/2007

  • El Pleno aprueba la modificación del PGOU para el plan especial de López Rejas.

  • 28/11/2008

  • Aprobación del proyecto de urbanización de La Paz.

  • 2008

  • Primera demanda contra el derribo por parte de Nuevo Barrio.

Todos los testigos que declararon por el caso apuntaron de una u otra forma al alcalde como responsable de la decisión del derribo y traslado. La reapertura del caso fue reclamada tanto por el Ministerio Fiscal, que interpuso recurso de apelación, como por la defensa de la asociación Nuevo Barrio, la Intersindical, el Foro Social y el AMPA de la Escuela Infantil La Paz, que entendían que el caso se había cerrado sin estar suficientemente justificados algunos hechos, como quién, cómo y por qué se decidió echar abajo la guardería pública.

Según la Audiencia Provincial, existen «datos objetivos significativos que justifican, a juicio de la Sala, de manera absolutamente razonable el llamamiento como imputado de Miguel Ángel Cámara», tal y como sugería el fiscal. En este sentido, el auto cita la declaración ante la juez del exjefe de gabinete de alcaldía, Eduardo Martínez-Oliva, hoy concejal de Hacienda y Contratación, que apuntó al alcalde como la persona que tomaba las decisiones. De hecho, el auto señala que Martínez-Oliva trató en su declaración «de echar balones fuera» señalando que el acuerdo de demolición era de la Junta de Gobierno y que el encargo del proyecto de demolición no lo hizo él mismo, sino Patrimonio.

En este punto, la Audiencia recoge que fue Martínez-Oliva quien transmitió al jefe de la Oficina Técnica de Arquitectura, Antonio González Serna, la orden de elaborar el proyecto: «Por tanto, naciendo estas instrucciones del jefe de gabinete del alcalde, ni más ni menos, cabe deducir en este momento que la demolición pudo haber sido una decisión estrictamente política de dicho alcalde y de su Junta de Gobierno, o de parte de ella». González Serna, que también fue a declarar como testigo en 2012, ya le manifestó a la juez en su momento que él recibió el encargo verbal del jefe de alcaldía para que elaborara un proyecto de demolición, que él asignó al arquitecto Juan Carlos Canosa, y que «esa operación no estaba justificada por razones de urgencia, ya que esta solo procede en caso de ruina». En consecuencia, según González Serna, ya jubilado, «fue una decisión política».

Por qué el colegio sigue en pie

Otros motivos que justifican la imputación de Cámara, según la Audiencia Provincial, y que avalarían la idea de que hubo una decisión política relevante, es que la demolición fuera acordada por la Junta de Gobierno el 24 de octubre de 2007 sin que al parecer estuviera incluida en el orden del día, «circunstancia que no parece casar demasiado bien con una decisión exclusivamente técnica y procedimental que ha seguido debidamente su curso». Y también es reseñable, según el auto, que tratándose de una rehabilitación de La Paz a ejecutar por la mercantil de López Rejas, y estando afectado el colegio público Nuestra Señora de La Paz, este se haya mantenido en pie, «precisamente porque en este caso se libró un escrito de 3 de marzo de 2006, ante el ofrecimiento del promotor, por el que el director general de Enseñanzas Escolares del Ayuntamiento informó a López Rejas de que la oferta de construir un nuevo colegio quedaría en todo caso condicionada a la previa autorización del Consistorio y a los consiguientes trámites administrativos. Y parece que gracias a eso el colegio sigue en pie al contrario de lo que ha ocurrido con la escuela infantil a la que, en principio, no parece que se le haya dado la misma protección jurídica estando supuestamente afectados por el proyecto de rehabilitación del barrio».

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Además, el fiscal mantiene sus dudas sobre si la decisión de la demolición se tomó de antemano antes incluso de la debida finalización del trámite administrativo, ya que el arquitecto autor del proyecto declaró que se le encargó el 1 de octubre y se concluyó sobre el 24 de octubre, mientras que la memoria del proyecto de demolición ya aparece fechada a 1 de octubre. «Este es», según la Audiencia, «un dato significativo complementario» que abunda en la posible «decisión política».

Otra clave a tener en cuenta es la declaración del exedil de Urbanismo Fernando Berberena, quien, según la Audiencia, parece poner en tela de juicio el operativo urbanístico seguido, «pues montándose todo sobre la base de un posible proyecto de rehabilitación de La Paz, resultan significativas sus palabras de que en las juntas de gobierno del 24 de julio y 25 de octubre, nadie pensó, desde luego yo no, que los acuerdos sobre la escuela infantil tuvieran relación directa con la rehabilitación del barrio». También se refiere el Ministerio al informe pericial de Felipe Iracheta aportado por la acusación particular, en el que se habla de «numerosas irregularidades administrativas», como el incumplimiento de la ley de Contratos, la inviabilidad económica del plan de Rejas, o su falta de competencias en función del contrato que tenía con determinados particulares y para actuar con plenos poderes sin estar aprobados los instrumentos urbanísticos de planeamiento y gestión, así como el traslado a un «emplazamiento inadecuado».

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La Audiencia ha estimado parcialmente el recurso del fiscal al entender que hay argumentos jurídicos suficientes para llamar a Cámara como imputado porque esa figura ofrece más garantías procesales que la de testigo. Por su parte, López Rejas, que ya declaró como testigo, ahora lo hará en calidad de imputado, a petición de la acusación particular, por si de las explicaciones de Cámara pudiese aportar otros «datos relevantes». La Audiencia no descarta volver a citar a los exediles Pilar Megía y Berberena, pero pide a las partes «prudencia jurídica» para no hacer «llamamientos indiscriminados» en este momento del proceso. Queda pendiente la declaración testifical de las jefas del servicio de Patrimonio y Contratación en la fecha de los hechos, cuya citación podría efectuarse en función de lo que pudieran manifestar el exmunícipe y José López Rejas.

Por otro lado, la Audiencia rechaza la petición del fiscal de decretar el sobreseimiento provisional respecto a José Antonio Peñaranda, jefe de servicio de escuelas infantiles, ya que «por ahora no es conveniente».

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